Si eres Persona Física obtuviste ingresos por Salario o conceptos asimilados a salarios e ingresos por intereses pagados por instituciones del sistema financieros o por otras instituciones bancarias.
Esta declaración anual se presenta en el mes de abril, sin embargo se puede presentar desde el mes de febrero o marzo, solo que si lo hace durante estos meses se considerara presentada el 1 de abril del año en curso, así que si tiene algún saldo a favor que declare se empezara a contar desde este día para la devolución de ISR.
Quiénes están obligados a presentar Declaración Anual por salarios
Las personas que perciban ingresos por salarios y demás prestaciones derivadas de la
relación laboral, así como otros ingresos asimilados a salarios, cuando se encuentren en
alguno de los siguientes supuestos:
- Además de salarios obtengan otro tipo de ingresos acumulables, por ejemplo; honorarios, arrendamiento, intereses, entre otros.
- Dejen de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año, o cuando hayan prestado servicios a dos o más patrones en forma simultánea.
- Obtengan ingresos por salarios de personas no obligadas a efectuar las retenciones del impuesto sobre la renta, por ejemplo, los organismos internacionales y las embajadas o representaciones extranjeras en nuestro país.
- Obtengan ingresos anuales por salarios que excedan de 400,000 pesos.
- Hayan comunicado por escrito a su patrón que presentarán la Declaración Anual por su cuenta.
Quiénes están obligados a presentar Declaración Anual por intereses
Nuestra labor es compartir experiencia en el ámbito contable, fiscal y de seguridad social, con el fin de promover la Cultura Contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.