Si el empleado debe o no presentar declaración anual el empleador deberá proporcionar a las personas que le hubieran prestado servicios personales subordinados , la constancia de percepciones y retenciones efectuadas en el año de calendario de que se trate. Hay 2 formatos vigentes para este 2013 de constancias de retenciones de sueldos y salarios:
Impresión del Anexo 1 que emite el programa para la presentación de la Declaración Informativa Múltiple (DIM), que puede descargar del Portal de internet del SAT.
El antes conocido como Formato 37 “Constancia De Sueldos, Salarios, Conceptos Asimilados, Crédito Al Salario Y Subsidio Para El Empleo” ahora se cambia por la constancia que expide el Programa que presenta la Declaración informativa de Sueldos, Salarios y conceptos Asimilados.
La Declaración Informativa Múltiple se presenta en el programa que tiene sus siglas DIM, una vez presentada la declaración el patrón puede expedir la constancia de las retenciones que les hizo a sus trabajadores y Asimilados a Salario que tuvieran ingresos en el ejercicio fiscal que se trate, estas deberán contener el Sello y la Firma Digital de la persona física o moral que presento la Declaración Informativa.
Respecto a la Constancia de retenciones de sueldos y salarios, el empleador (patrón) deberá proporcionar a las personas que le hubieran prestado servicios personales subordinados, a más tardar el28 de febrero de cada año, la constancia de remuneraciones cubiertas y de retenciones efectuadas en el año de calendario de que se trate. En los casos de retiro del trabajador, se proporcionará dentro del mes siguiente a aquél en que ocurra la separación.
A más tardar en febrero del año siguiente se deben entregar a los trabajadores constancias de remuneraciones cubiertas y de retenciones efectuadas. Dichas constancias las genera el programa DIM en los siguientes anexos:
Anexo 1. Información anual de sueldos y salarios y conceptos asimilados, crédito al salario y subsidio al empleo. En su caso se podrá utilizar la forma oficial 37. Debe contener sello y firma del empleador que lo imprime.
Anexo 2. Información sobre pago de retenciones de ISR, IVA y IEPS (pagos por honorarios, arrendamiento de inmuebles, entre otros) en su caso se podrá utilizar la forma oficial 37-A.
Anexo 4. Información sobre residentes en el extranjero.
Los retenedores que deban proporcionar constancias de remuneraciones cubiertas a las personas que les hubieran prestado servicios personales subordinados, deberán asentar en la Forma oficial 37 o en el, Anexo 1 que emita el programa DIM o en el Anexo 1 de la Forma oficial 30, una leyenda en la que se señale: