El SAT detecto que diversos contribuyentes emisores de comprobantes fiscales digitales por Internet los cancelan de manera unilateral con diversas finalidades, entre ellas, la de no acumular como ingreso para efectos del impuesto sobre la renta la cantidad facturada, lo que puede ocasionar efectos fiscales no deseados a las personas a favor de quienes se expiden dichos comprobantes, tales como la imposibilidad de efectuar la deducción o el acreditamiento de los impuestos respectivos.
Se prevé cambiar la manera en la que se Cancelan los CFDI´s a partir del 1 de mayo de 2017, ya que no están establecidos los requisitos para el caso de la cancelación de estos comprobantes.
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