Dentro de las modificaciones que más ha llamado la atención establecidas en el decreto publicado el día 12 de noviembre de 2021 por el que se reforman, adicionan, y derogan disposiciones de las Leyes del ISR, IVA, IEPS, ISAN Y CFF, es que a partir del ejercicio 2022 las personas físicas no podrán tributar en el Régimen de actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras (AGAPES), esto debido a que se deroga la fracción III del artículo 74 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta que les daba dicha posibilidad.
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