Prórroga para el Envió de la Balanza de Comprobación Ajustada al Cierre del Ejercicio

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Si eres de los Contribuyentes que están obligados al envió de la Contabilidad Electrónica desde 2015, debes saber que el envió de la Balanza de Comprobación al cierre del ejercicio también se tiene que enviar el 20 de Abril tratándose de Personas Morales y el 22 de Mayo en los casos de las Personas Físicas.

La balanza de comprobación sufre cambios al momento de realizar el cierre del ejercicio, debido al calculo del resultado fiscal.

Quienes envían la Balanza de Comprobación?

El artículo 28, fracción IV del CFF nos dice que los contribuyentes que estén obligados a llevar contabilidad y a ingresar de forma mensual su información contable a través del Portal del SAT son los que están obligados a la Contabilidad Electrónica, excepto:

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