A los Alimentos de Consumo Básico se suman las Harinas de Maíz y Trigo entre otros Cereales. Al parecer no consideraron en la Ley de Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios estos alimentos que son base de la alimentación de los Mexicanos.
A continuación se transcribe como quedo el articulo 2 fracción I inciso J de la Ley dl IEPS donde daba a entender que los Cereales estarían gravados por este impuesto y después el proyecto donde se especifica que no se gravaría con IEPS respecto a este inciso: