El SAT tiene ahora la autoridad para cancelar el Certificado de Sello Digital y al suceder esto el contribuyente no podrá emitir facturas, hasta que aclare las causas por las que se dejó sin efecto su certificado de sello digital. Los comprobantes fiscales emitidos después de esta observación de la autoridad, no tendrán valor para efectos fiscales.
Los contribuyentes que emiten comprobantes fiscales digitales (CFD) que se ubiquen en alguno de los supuestos, además de la revocación de sus certificados, se les negará la aprobación de nuevos folios y les serán cancelados los folios que no hayan sido utilizados a partir de que surta efectos la notificación. Y a los que expidan comprobantes con Codigo de Barras Bidimensional CBB el SAT negará la aprobación de nuevos folios si se encuentran en alguno de los supuestos mencionados.
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