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Se publicó en el Diario Oficial de la federación la 2da Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020 y su Anexo 1 hoy viernes 24 de julio de 2020, la cual contiene cambios importantes.

Estos son algunas de las reglas que se adicionan, modifican o derogan en esta nueva publicación de la RMF 2020:

  • Días inhábiles para el SAT (áreas de devoluciones y las que ejercen facultades de comprobación, los días del 20 al 31 de julio de 2020)
  • Valor probatorio de la Contraseña.
  • Procedimiento para dejar sin efectos el CSD de los contribuyentes, restringir el uso del certificado de e.firma o el mecanismo que utilizan las personas físicas para efectos de la expedición de CFDI y procedimiento para subsanar las irregularidades detectadas.
  • Facilidad para que las personas físicas expidan CFDI con e.firma
  • Requisitos para la solicitud de generación o renovación del certificado de e.firma (SAT ID)
  • Devolución de saldos a favor del IVA (facilidad administrativa DIOT)
  • Formato de solicitud de devolución (Anexo 7 y 7-A Personas Físicas)
  • Comprobantes fiscales por venta o servicios relacionados con hidrocarburos y petrolíferos
  • Comprobación de erogaciones en la compra de productos del sector primario
  • Comprobación de erogaciones y retenciones en el otorgamiento del uso o goce temporal de inmuebles
  • Presentación del dictamen fiscal 2019 (a más tardar el 31 de agosto del 2020)
  • Vigencia de la autorización para recibir donativos deducibles
  • Donativos para combatir y mitigar la pandemia provocada por el coronavirus SARS-CoV2
  • IVA causado por la prestación de servicios digitales a través de plataformas tecnológicas
  • Entero de retenciones del ISR que deberán efectuar las plataformas tecnológicas
  • Declaración informativa de servicios digitales de intermediación entre terceros

Reglas que se derogan en la 2da modificación a la RMF 2020:

  • 3.5 Devolución del IVA a empresas con certificación en materia de IVA e IEPS (disminución de plazos)
  • 1.11 Acreditamiento de IVA no retenido

Respecto a la certificación en materia de IVA e IEPS se publicó el cuarto transitorio de la 2da modificación a la RMF 2020:

Los contribuyentes con Registro en el Esquema de Certificación de Empresas modalidad IVA e IEPS, otorgada con anterioridad a la entrada en vigor de la Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020, podrán seguir aplicando el procedimiento de la regla 2.3.5. de la RMF, publicada en el DOF el 28 de diciembre de 2019, hasta la fecha de vigencia que indique el último oficio en que se le notificó su registro, siempre que sigan cumpliendo con los requisitos y las obligaciones establecidas en las Reglas Generales de Comercio Exterior.

Descargar la RMF 2020 completa en PDF

Te compartimos Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, junto con sus modificaciones (incluyendo la 2da), anexos publicados en el DOF y la versión anticipada del anexo 1-A (pendiente de publicar).





 
 

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