Fechas de entrega Informacion Alternativa al Dictamen por Internet SIPIAD 2010

Stock Market Reports Si usted optó por presentar la información alternativa al dictamen, le recordamos que la correspondiente al ejercicio fiscal 2010, se presenta a más tardar el 30 de junio de 2011, según el calendario que se señala a continuación, considerando el primer carácter alfabético del RFC, o bien, lo podrán hacer antes del periodo que les corresponda.

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Dictamen fiscal SIPRED o adquirir reto del SIPREI

Dictamen fiscal SIPRED o adquirir reto del SIPREI
 

En materia de dictámenes fiscales, podemos cuestionarnos qué resulta más conveniente para la empresa: contratar los servicios de un auditor externo o asignar esta tarea a los contadores internos. En muchos casos, estos últimos pueden no contar con la experiencia o conocimientos especializados para la presentación de este tipo de información.

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SIPRED 2010: Cómo activar el complemento del SAT en Excel

SIPRED 2010: Cómo activar el complemento del SAT en Excel
 

Para la correcta instalación del SIPRED 2010, debes tener previamente instalado el programa Microsoft XP SP3 o superior y Microsoft Office 2007 Service Pack 2, con versión 12.0.6545.5004 o superior. En caso de que no se encuentre activado el complemento SAT dentro de Excel, deberás realizar los siguientes pasos para activar el complemento SAT.

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Publicación de SIPRED 2010 para dictamen fiscal electrónico

Publicación de SIPRED 2010 para dictamen fiscal electrónico
 

El Servicio de Administración Tributaria ha liberado el SIPRED 2010 para la presentación del dictamen fiscal en medios electrónicos. Es el software que usan los auditores para enviar el dictamen fiscal vía Internet al SAT.

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Regístrate para utilizar la FIEL en dictamen IMSS a través del SUDI

Regístrate para utilizar la FIEL en dictamen IMSS a través del SUDI
 

Si eres dictaminador y utilizas el sistema SUDI para la presentación del dictamen ante el IMSS, puedes optar por realizar tus trámites o actuaciones electrónicas ante el Instituto mediante el uso de la FIEL y su certificado digital asignados por el SAT.

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Que es el Pago Referenciado SAT Sistema de Declaraciones y Pagos

Para los que inician con el sistema de Declaraciones y Pagos, y están obligados a presentar Pagos Referenciados a través del portal les dejamos la siguiente información junto con una guía del SAT donde nos muestra un caso practico para la correcta presentación de la misma.

Impuestos a los que Aplica:

• Pagos provisionales mensuales de ISR, a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago Art. 14 LISR

• Pagos provisionales mensuales de IETU en el mismo plazo de los  pagos provisionales del ISR Art. 9 LIETU

• Pagos mensuales de IEPS, a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquél al que corresponda el pago Art. 5. LIEPS

• Pagos mensuales de IVA a más tardar el día 17 del mes siguiente al  que corresponda el pago. Art. 5-D LIVA

Entero de retenciones a TercerosLas Personas Morales que realicen retenciones a terceros por concepto de:

– ISR

– IVA

– IEPS

Artículos 101, fracción V, 113 LISR; 1-A de LIVA; 5-A de LIEPS

CONTRIBUYENTES INCORPORADOS

  • Sector financiero
  • Sociedades mercantiles controladoras y controladas
  • Personas morales del Título II de la Ley del ISR, que en el último ejercicio fiscal declarado hayan consignado en sus declaraciones ingresos acumulables iguales o superiores a 500 millones de pesos
  • El Poder Legislativo, el Poder Judicial de la Federación y la Administración Pública Centralizada
  • Los organismos constitucionalmente autónomos
  • CFE, IMSS e ISSSTE
  • Los contribuyentes que son sujetos del IEPS
  • Los contribuyentes que en términos del artículo 32-A del CFF, se encuentren obligados a dictaminar sus estados financieros en 2011, respecto del ejercicio fiscal 2010.

En el siguiente documento pueden encontrar todo respecto a este tema incluso un caso practico de como elaborar los Pagos Referenciados en la pagina del SAT

 

Aspectos Teoricos Pagos Refer en CIA Dos

Pago de Impuestos Referenciados – Servicio de Declaraciones y Pagos

Ya existe la posibilidad de que si estas en el sistema de Servicio de Declaraciones y Pagos no tengas que hacer doble trabajo en primer lugar en el mismo servicio y en segundo en el portal del banco, ahora se podrá generar una referencia bancaria para solo capturarla en el portal de tu banco y el SAT ya sabrá cuando le llegue pago de impuestos de que se trata.

El Servicio de Declaraciones y Pagos se basa en la presentación directa ante el SAT de las declaraciones provisionales y definitivas, y el pago del impuesto en bancos utilizando el servicio de depósito referenciado, es decir, a través de una línea de captura. Este nuevo servicio sustituye al Esquema de Pagos Electrónicos que se presenta directamente en los bancos.

Contribuyentes que se incorporan en 2011

  • A partir de mayo, para los pagos provisionales y definitivos correspondientes a abril de 2011 y subsecuentes:
    Los contribuyentes que en términos del artículo 32-A del CFF, se encuentren obligados a dictaminar sus estados financieros en 2011, respecto del ejercicio fiscal 2010, aún cuando opten por la aplicación del beneficio establecido en el Artículo Tercero del Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2010.
  • A partir de febrero para los pagos provisionales y definitivos correspondientes al mes de enero de 2011 y subsecuentes.
    Los contribuyentes que sean sujetos del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), deben utilizar el servicio de declaraciones y pagos.

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La FIEL, válida para dictaminadores de IMSS

La FIEL, válida para dictaminadores de IMSS
 

El Contador Público Autorizado inscrito y con registro vigente ante el Instituto podrá utilizar la FIEL (Firma Electrónica Avanzada), emitida por el Servicio de Administración Tributaria, para utilizarse en cualquier medio electrónico, ya sean magnéticos, digitales, electrónicos, ópticos, magneto-ópticos o de cualquier otra naturaleza análoga que sean autorizados por el Instituto. Eso fue lo que se publicó en el Diario Oficial de la Federación.

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Devolución por Internet de ISR para personas morales SAT

Devolución por Internet de ISR para personas morales SAT
 

Este es un video tutorial que nos entrega el SAT con el procedimiento para la elaboración de la devolución de ISR en nuestra Declaración Anual de personas morales, donde se nos muestra paso a paso cómo debemos solicitar la devolución, resolviendo algunas de las dudas más frecuentes:

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