La Contabilidad Electronica y el desamparo de los Contribuyentes (secreto fiscal)

 

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Luis Olguín Muedano
veritas@colegiocpmexico.org.mx

Con la transición política llegaron nuevas ideas y nuevas formas que afectaron no solo el fondo, sino el fundamento de las instituciones. El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Luis Videgaray Caso, llegó al cargo con un solo objetivo: aumentar la recaudación del Estado. Todo el mundo sospechaba que se venía una reforma fiscal muy importante para el país. Además de necesaria, era indispensable para forjar una imagen de disciplina, fortaleza y estabilidad de las instituciones financieras del país.

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El SAT y las Malas practicas en el «Cobro Persuasivo» – PRODECON

 

Por: Mtro. José Luis Figueroa Jácome.

La Incertidumbre jurídica a la que se enfrentan los contribuyentes cuando son objeto de las acciones de cobro persuasivo por parte del Servicio de Administración Tributaria, toda vez que éstas no se desarrollan conforme a las mejores prácticas administrativas y pueden resultar violatorias de sus derechos.

FUNDAMENTOS

Esta Procuraduría de la Defensa del Contribuyente se encuentra facultada para proteger y defender los derechos de los contribuyentes, así como investigar e identificar problemas de carácter sistémico que ocasionen perjuicios a los mismos, con el objeto de proponer a la autoridad fiscal federal correspondiente, las sugerencias, recomendaciones y medidas preventivas y correctivas que en su opinión como defensor no jurisdiccional de derechos procedan; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1º, párrafos primero, segundo y tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 18-B del Código Fiscal de la Federación; 1º, 5º, fracción XI y demás relativos de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de septiembre de 2006; 5º, apartado B, fracción II y 30, fracciones I, III, X, XXII, XXIV y XXV del Estatuto Orgánico de este Organismo, publicado en dicho medio oficial el 18 de marzo de 2014; así como 66, 67, 69, 70 y demás relativos de los Lineamientos que regulan el ejercicio de las atribuciones sustantivas de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2014; todos interpretados armónicamente.

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IVA en Servicios parciales de Construcción de Casa Habitación

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Autor: CPC Jaime Enrique Morelos Sánchez

En fechas recientes tanto los tribunales como las autoridades fiscales han dado a conocer criterios contradictorios en cuanto al tratamiento fiscal que le deben de dar los contribuyentes que presten servicios parciales de construcción de casa habitación para efectos del Impuesto al Valor Agregado, lo que los ponen en un estado de inseguridad jurídica, en el presenta artículo se abordarán los más relevantes y recientes.

Introducción:

El artículo 9° de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) en su fracción II señala que no se pagará el impuesto en la enajenación de las construcciones adheridas al suelo, destinadas o utilizadas para casa habitación, en relación con esta disposición el artículo 29 del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (RLIVA) establece que la prestación de los servicios de construcción de inmuebles destinados a casa habitación y a la ampliación de ésta siempre y cuando el prestador del servicio proporcione la mano de obra y materiales también se encuentran exentas del pago del dicho impuesto, con esto nos queda claro que el legislador exento dos actividades distintas, en primer lugar la enajenación de la casa habitación y en segundo lugar la prestación de servicios de construcción.

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Declaraciones Complementarias y generacion de Pago Referenciado al SAT

 

Todas las Personas Físicas y Morales que estén obligados a presentar Pagos provisionales , declaraciones anuales, pagos referenciados de IVA, ISR o IEPS. Tienen la facilidad de presentar la declaración complementaria en el portal del SAR en dado caso de que así lo necesiten o lo requiera la autoridad.

Se podrá presentar una Declaración Complementaria cuando

Las declaraciones complementarias se utilizan para modificar la información presentada con anterioridad, por lo tanto una vez presentada esta declaración anula la anterior. Existen diferentes motivos por lo cual se pueden presentar estas declaraciones complementarias:

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DIM 2015 – Declaracion Informativa Multiple version V.3.3.10

DIM 2015

En la página del SAT ya esta disponible la nueva versión del programa electrónico DIM 2015 se encuentra actualizada para efectos de presentar la Declaración Informativa Múltiple. Ahora solo se podrán presentar estas declaración es con la versión V.3.3.10 la cual fue publicada el día 06 de mayo de 2015.

Se rechazarán archivos hechos con versiones anteriores del DIM.

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Alternativa para la Presentacion de la Contabilidad Electronica – Sin Buzon Tributario

Si no deseas enviar la Contabilidad Electrónica a través del Buzón Tributario, lo puedes hacer simplemente lleno a la sección de «Tramites» en la página del SAT.

Esta opción al Buzón Tributario se publico el día de hoy 11 de Mayo en la página del SAT en las modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal, esta será la segunda vez que se modifica la cual se encuentra pendiente de ser publicada en el Diario Oficial de la Federación.

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Normas Internacionales de Auditoría (NIA’s), aplicables al Cierre de Auditoria

Autor: CPC Carlos Gabriel Hernández Hernández

En este año 2015 estamos utilizando por tercera vez las Normas Internacionales de Auditoría (NIA’s), para las auditorías que fueron contratadas para hacer revisión de cifras al 31 de diciembre del 2014. Adicional a este trabajo se entregará un dictamen fiscal. Las NIA’s, si bien recordaremos iniciaron su vigencia general para períodos iniciados a partir del 15 de diciembre del 2009.

A pesar de tener ya tres años utilizándolas es importante el continuar haciendo recordatorios respecto de lo que nos piden estás Normas a efecto de tener cumplimentado un trabajo de auditoría adecuadamente y de esa manera en caso de ser revisado nuestro trabajo por parte de las autoridades competentes, poder demostrar ampliamente que el mismo se llevó a cabo aplicando correcta y puntualmente cada una de las 36 NIA´s que hayan sido aplicables en nuestra revisión.

La NIA 230, trata sobre la responsabilidad del auditor de preparar la documentación de auditoría correspondiente a una auditoría de estados financieros.

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Descargar la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Publica

 
ley de transparencia y acceso a la informacion publicaSe publico la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en el Diario Oficial de la Federación el4 de mayo de 2015. Esta Ley es de orden público y de observancia general en toda la República, es reglamentaria del artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de transparencia y acceso a la información.

La presente Ley entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (entra en vigor el 5 de mayo)

Tiene por objeto establecer los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la Federación, las Entidades Federativas y los municipios.

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