El pago en parcialidades es una modalidad que permite a las personas físicas y morales pagar las contribuciones omitidas y sus accesorios en mensualidades. Deberás elegir el número de meses, sin que estos pasen de 36, y luego realizarás un pago inicial del 20 % del monto total del adeudo. Podrás pagar el 80 % restante en parcialidades, con una tasa que varía de acuerdo al número de meses que elijas: de 1 a 12 meses la tasa será del 1 %, de 13 a 24 meses la tasa será del 1.25 % y de 25 a 36 meses la tasa a aplicar será del 1.50 %, de conformidad con el artículo 8 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011.
El pago en parcialidades está basado en los artículos 66 y 66-A del Código Fiscal de la Federación.
Una vez que captures los datos de tu adeudo actualizado y el número de parcialidades elegidas, el simulador te dará a conocer el importe de cada una de las parcialidades, el cual tiene incluido los recargos por financiamiento.
Si ya venció el plazo para presentar tus declaraciones y pagar contribuciones, entonces deberás incluir la actualización y los recargos generados desde la fecha en que debiste pagar hasta la fecha en que pagarás.
Por lo anterior, es necesario que, previo al cálculo de las parcialidades, determines el importe de actualización y recargos de tu adeudo, para lo cual puedes utilizar el simulador de Actualización y recargos que se encuentra en la sección de Simuladores, y una vez que tengas el importe de actualización y recargos, regreses a este Simulador para calcular sus parcialidades.

Para ingresar a la calculadora es necesario hacerlo desde Internet Explorer versión 8 o superior con una resolución de pantalla de 1280 x 800.
Nota importante. No puedes pagar bajo esta modalidad las siguientes contribuciones:
- a) Contribuciones que debieron pagarse en el año en curso.
- b) Contribuciones que debieron pagarse en los seis meses anteriores al mes en el que solicites la autorización.
- c) Contribuciones y aprovechamientos que se causen con motivo de la importación o exportación de bienes y servicios.
- d) Contribuciones retenidas, trasladadas o recaudadas.

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