Como trabajador, tienes derecho a que tu patrón te entregue una copia de la declaración anual dentro de los diez días siguientes a la fecha en que la presentó. Lo mismo aplica si realiza una o varias declaraciones complementarias. Recuerda que las autoridades fiscales no pueden proporcionarte estos documentos; únicamente tu patrón está obligado a entregártelos. Los anexos que el patrón haya presentado ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público estarán disponibles para ti durante 30 días, contados a partir de la entrega de la declaración, ya sea en las oficinas del patrón o en la autoridad fiscal correspondiente.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net