El Consejo de Representantes acordó mantener para el 2015, la actual integración de las áreas geográficas para la aplicación de los salarios mínimos, así como el mismo número de actividades, profesiones, oficios y trabajos especiales para los que rige un salario mínimo profesional.
Los nuevos salarios mínimos generales de las dos áreas geográficas que aplicarán a partir del 1º de enero de 2015 son los siguientes:
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