El día de hoy 1ro de julio de 2011 se publico en el Diario Oficial de la federación la resolución miscelánea 2011, entre las cuales se encuentra la del Impuesto Empresarial a Tasa Única, IETU que al parecer no se eliminara; por lo tanto aquí les dejo los puntos de esta resolución:
Los contribuyentes ahora podrán hacer la Compensación de pagos provisionales de IETU contra ISR del ejercicio a pagar, los contribuyentes antes de efectuar el acreditamiento a que se refiere el tercer párrafo del artículo 8 LIETU, podrán compensar los pagos provisionales del IETU efectivamente pagados correspondientes al ejercicio fiscal de que se trate, contra el ISR propio que efectivamente se vaya a pagar correspondiente al mismo ejercicio, hasta por el monto de este último impuesto. En este caso, la compensación efectuada se considerará ISR propio efectivamente pagado.
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Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.