A raíz de los requerimientos del SAT por ingresos no reportados es bueno considerar la siguiente información para evitar que les cobren el ISR sobre algunos ingresos que bien podrían ser exentos que al no reportarse perdieran su exención o que se consideren como ingresos omitidos.
Las personas físicas que SI están obligadas son las que hayan percibido ingresos a excepción de los empleados con sueldos menores a $400,000 ya que el empleador está obligado a hacer un ajuste anual de ISR de las retenciones.
Obligación de Reportar
Existen conceptos o ingresos a reportar en la declaración anual de personas físicas para evitar:
- Que la autoridad pudiera presumir que son ingresos omitidos (ejemplo: préstamos y donativos)
- Que se pierda la exención (ejemplo: por enajenación casa-habitación, herencias y legados, y donativos entre cónyuges)
CONSIDERACIONES PARA PERSONAS FISICAS SIN SUELDOS O INGRESOS MENORES A 400,000 PESOS.
Nuestra labor es compartir experiencia en el ámbito contable, fiscal y de seguridad social, con el fin de promover la Cultura Contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.