Es tiempo de entregar el Dictamen ante el instituto Mexicano del Seguro Social para los patrones obligados y los que lo hagan voluntariamente, como sabrán la fecha limite para su entrega es la que nos marca el articulo 161 del reglamento de la ley del Seguro Social:
Artículo 161. El dictamen del cumplimiento de obligaciones derivadas de la Ley, deberá ser específico e independiente de cualquier otro respecto del mismo patrón, rendirse por el contador público autorizado y presentarse, a más tardar el 30 de septiembre siguiente al del ejercicio fiscal inmediato anterior.
Pero dado a que la fecha limite cae el viernes 30 de septiembre de 2011 podemos aplicar lo que nos dice el articulo 3ro del mismo reglamento:
Nuestra labor es compartir experiencia en el ámbito contable, fiscal y de seguridad social, con el fin de promover la Cultura Contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.