La Constancia de Vigencia de Derechos es el documento que se expide a solicitud del interesado, cuando planea ausentarse temporalmente de su lugar de residencia para que en caso de requerir atención médica, se le pueda otorgar en un lugar distinto al de su domicilio.
Dicha constancia puede ser solicitada por el asegurado(a) o pensionado(a) o sus beneficiarios en la Unidad de Medicina Familiar que le corresponda al interesado, si dicha unidad no cuenta con servicio de Afiliación, deberá solicitarla en el departamento de Afiliación de la Subdelegación que le corresponda de acuerdo a su domicilio.
Documentos que debe presentar el asegurado o pensionado o sus beneficiarios:
• Identificación oficial con fotografía y firma del asegurado(a) o pensionado(a) (Credencial para Votar, Cartilla del Servicio Militar Nacional, Pasaporte, Cédula Profesional).
• Documento que contenga el Número de Seguridad Social . – Constancia de Vigencia de Derechos (SAV-008) por un periodo no mayor de 56 días a partir de la fecha de su expedición.
• Observaciones: La Solicitud de Vigencia de Derechos tiene el carácter de un aviso, bajo protesta de decir verdad, a la cual el Instituto otorgará, en su caso el formato Constancia de Vigencia de Derechos (SAV 008)
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