El Contador Público Autorizado inscrito y con registro vigente ante el Instituto podrá utilizar la FIEL (Firma Electrónica Avanzada), emitida por el Servicio de Administración Tributaria, para utilizarse en cualquier medio electrónico, ya sean magnéticos, digitales, electrónicos, ópticos, magneto-ópticos o de cualquier otra naturaleza análoga que sean autorizados por el Instituto. Eso fue lo que se publicó en el Diario Oficial de la Federación.
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