Este Calendario con los días de envió de la Contabilidad Electronica te sera de mucha utilidad si ya estas obligado, la información contable se debe enviar a más tardar en los primeros 3 días (para personas morales) y 5 (en el caso de personas físicas) del segundo mes posterior al que corresponde la información. Si aun no sabes si estas o no obligado te invito a leer el articulo «Contabilidad Electrónica 2016 – Obligados y fechas Límite para su envió al SAT»
En términos de la regla I.2.8.1.7. de la Resolución Miscelanea Fiscal 2016, la contabilidad electrónica se debe enviar a más tardar en los primeros 3 días (para personas morales) y 5 (en el caso de personas físicas) del segundo mes posterior al que corresponde la información. También se deben de considerar los días inhábiles el artículo 12 del CFF.
Basados en las especificaciones tanto de la RMF 2016 como del CFF nos dimos a a tarea de elaborar el Calendario para el Envió de la Contabilidad Electronica 2016 el cual puedes descargar completamente gratis.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net