Para las personas que tenían dudas al respecto de que para emitir facturas electrónicas CFDI´s es obligatorio expedirlas a través de un proveedor de certificación de CFDI autorizado, esto parece aclararse con el siguiente anteproyecto a aprobarse de la modificación a la resolución miscelánea de 2012 publicado el día de 24 de septiembre de 2012 en la pagina del SAT la cual nos dice lo siguiente:
I.2.7.1.17. Para los efectos del artículo 29, primer párrafo y fracción IV del CFF, los contribuyentes podrán expedir CFDI sin necesidad de remitirlos a un proveedor de certificación de CFDI autorizado, siempre que lo hagan a través de la herramienta electrónica denominada “Servicio de Generación de Factura Electrónica (CFDI) ofrecido por el SAT”, misma que se encuentra en la página de Internet del SAT. CFF 29