Para las personas que tenían dudas al respecto de que para emitir facturas electrónicas CFDI´s es obligatorio expedirlas a través de un proveedor de certificación de CFDI autorizado, esto parece aclararse con el siguiente anteproyecto a aprobarse de la modificación a la resolución miscelánea de 2012 publicado el día de 24 de septiembre de 2012 en la pagina del SAT la cual nos dice lo siguiente:
I.2.7.1.17. Para los efectos del artículo 29, primer párrafo y fracción IV del CFF, los contribuyentes podrán expedir CFDI sin necesidad de remitirlos a un proveedor de certificación de CFDI autorizado, siempre que lo hagan a través de la herramienta electrónica denominada “Servicio de Generación de Factura Electrónica (CFDI) ofrecido por el SAT”, misma que se encuentra en la página de Internet del SAT. CFF 29
¿En qué consiste el Emitir Facturas Electrónicas a Través del SAT?
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