Actualmente se esta modificando la manera de Presentar los pagos provisionales para las Personas Físicas en el Servicio de Declaraciones y Pagos de la pagina del SAT. Pero actualmente las reglas siguen siendo las mismas tanto para Personas Físicas como para Personas Morales, por lo que es bueno analizar como se hace actualmente contra los posibles cambios que se pudieran dar en un futuro.
Reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal 2014 aplicables al servicio de Declaraciones y Pagos
Libro I
Contribuyentes relevados de presentar aviso de compensación
I.2.3.4. Los contribuyentes que presenten sus declaraciones de pagos provisionales y definitivos a través del “Servicio de Declaraciones y Pagos” a que se refiere el Capítulo I.2.9. y la Sección II.2.6.5., en las que les resulte saldo a cargo y opten por pagarlo mediante compensación de saldos a favor manifestados en declaraciones de pagos provisionales y definitivos presentados de igual forma a través del “Servicio de Declaraciones y Pagos”, quedarán relevados de presentar el aviso de compensación que se señala en la regla II.2.2.6.
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Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.