En caso de que las organizaciones civiles o fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles incumplan con alguna de sus obligaciones fiscales, el Servicio de Administración Tributaria revocará, no renovará o perderá la vigencia de la autorización respectiva, sin perjuicio de las demás sanciones que, en su caso, procedan en los términos de las disposiciones legales.
1. En General:
- (a) Destinar sus activos exclusivamente a los fines propios de su objeto social o fines, no pudiendo otorgar beneficios sobre el remanente distribuible a persona física alguna o a sus integrantes personas físicas o morales, salvo que se trate, en este último caso, de alguna de las personas morales o fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles, o se trate de la remuneración de servicios efectivamente recibidos.
- (b) Al momento de su liquidación y con motivo de la misma, deberán destinar la totalidad de su patrimonio a entidades autorizadas para recibir donativos deducibles.
- (c) Durante los meses de noviembre o diciembre de cada año, deberá poner a disposición del público en general la información relativa a la transparencia, así como al uso y destino de los donativos recibidos, correspondiente al ejercicio fiscal inmediato anterior, a través del programa electrónico que se encuentra a su disposición en el portal de Internet del SAT, utilizando la Firma Electrónica Avanzada de la organización civil o fideicomiso autorizado para recibir donativos deducibles.
- (d) Informar dentro de los diez días siguientes a aquél en el que se presentó ante la autoridad correspondiente, el aviso del cambio de clave ante el Registro Federal de Contribuyentes, domicilio fiscal, denominación, o razón social, , extinción, liquidación o disolución de la organización civil, en términos de la ficha 11/ISR del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
- (e) Informar de cualquier modificación en el objeto social o fin de los mismos o de cualquier otro requisito que se hubiere considerado para otorgar esta autorización, en términos de la ficha 11/ISR del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
Nuestra labor es compartir experiencia en el ámbito contable, fiscal y de seguridad social, con el fin de promover la Cultura Contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.