Presenta tu Declaración Anual como Persona Física si durante 2011 obtuviste este ingresos por salarios y demás prestaciones derivadas de la relación laboral, así como por conceptos asimilados de uno, dos o más patrones.
Cuándo se presenta la Declaración Anual
En abril de 2012; sin embargo, puede presentarse desde febrero marzo; cuando lo hagan en estos meses se considerará presentada el 1 de abril.
Quiénes están obligados a presentarla
Las personas que percibieron ingresos por salarios, asimilados a salarios y demás prestaciones derivadas de la relación laboral tienen obligación de presentar la Declaración Anual de 2011 cuando se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
- Obtengan otros ingresos acumulables distintos de salarios o conceptos asimilados; por ejemplo: ingresos por intereses, honorarios, arrendamiento, etcétera, para lo cual deberán utilizar la guía correspondiente.
- Hayan prestado servicios a dos o más patrones en forma simultánea.
- Obtengan ingresos por concepto de salarios de personas no obligadas a efectuar retenciones; por ejemplo; los organismos internacionales y las embajadas.
- Obtengan ingresos anuales por concepto de salarios o conceptos asimilados que excedan de 400,000 pesos.
- Hayan comunicado por escrito a su patrón antes del 31 de diciembre de 2010 que presentarán la Declaración Anual por su cuenta.
Nuestra labor es compartir experiencia en el ámbito contable, fiscal y de seguridad social, con el fin de promover la Cultura Contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.