Con esta reforma, el INFONAVIT otorgará crédito a un trabajador derechohabiente cuando su cónyuge, incluso si no es derechohabiente, adquiera o tenga al mismo tiempo la copropiedad de la vivienda, y el trabajador derechohabiente solo adquiera o tenga la copropiedad restante de la vivienda a la que se destine dicho crédito, y ambos estén unidos en matrimonio bajo el régimen de separación de bienes.
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