Se publico el decreto de beneficios fiscales y facilidades administrativas para este 2012, en el cual plantean la nueva mecánica para el calculo del IETU el cual en teoría busca simplificar el calculo del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU). A continuación expondré los puntos que considero importantes de este decreto:
consistente en calcular el pago provisional de los meses impares del ejercicio (enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre), con el promedio de los pagos provisionales mensuales efectivamente pagados en los dos meses inmediatos anteriores a aquél por el cual se calcula el pago provisional y mantener el cálculo de los pagos provisionales mensuales de los meses pares (febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre) del ejercicio en los términos de las disposiciones de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única.
Los bimestres calculados y los pagos provisionales quedan de la siguiente manera:
Mes impar al que corresponde el pago
provisional del impuesto empresarial a tasa única |
Meses inmediatos anteriores al que
corresponde para determinar el impuesto empresarial a tasa única |
Enero
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Noviembre-diciembre del ejercicio
inmediato anterior |
Marzo
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Enero-Febrero
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Mayo
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Marzo-Abril
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Julio
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Mayo-Junio
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Septiembre
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Julio-Agosto
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Noviembre
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Septiembre-Octubre
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