El periodo de entrega de aguinaldos se acerca, si deseas conocer cuanto recibirás de aguinaldo este 2015 puedes descargar la calculadora en Excel que te regalamos.
Antes que nada te comento algunos aspectos básicos para exigir tu aguinaldo:
- El aguinaldo no es un bono ni un regalo, este esta estipulado en el articulo 87 de la Ley Federal del Trabajo.
- Si trabajaste solo un periodo de tiempo en la empresa te corresponde la parte proporcional.
- Los dias que no se consideran como trabajados para el calculo del aguinaldo son son las falta injustificadas y las ausencias. En el caso de vacaciones e incapacidades estas no se descuentan.
- LA fecha limite para el pago del aguinaldo es el 20 de diciembre
- Si aun no te pagan tu aguinaldo tienes solo un año para exigirlo.
- Al Aguinaldo se le retiene ISR si excede de 30 días de salario mínimo. Se grava solo la diferencia de restar tu aguinaldo menos la parte exenta
Nuestra labor es compartir experiencia en el ámbito contable, fiscal y de seguridad social, con el fin de promover la Cultura Contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.