La ventaja principal de constituirte como donataria autorizada es que puedes recibir ingresos sin que se consideren gravados por ciertos impuestos, como el IVA o el ISR (en algunos casos, sí aplica). Tampoco se paga IETU, ya que estos ingresos son considerados donativos. Eso sí, deben usarse exclusivamente para los fines con los que fue creada tu organización, los cuales están establecidos en el acta constitutiva.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net