Autor: CPC y MI Ricardo Barragán Navarrete
A unos pocos meses de que concluya el ejercicio fiscal 2014, todavía encontramos contribuyentes personas físicas que realizan actividades de manera exclusiva para efectos fiscales, ya sea de agricultura, ganadería, silvicultura o pesca (en adelante AGASPES), que determinan el impuesto sobre la renta conforme a la abrogada Ley del Impuesto Sobre la Renta y no conforme a la vigente.
Lo preocupante del punto anterior, es que aparentemente quedó igual el esquema de tributación para estos contribuyentes, pero no es así, “las pocas diferencias”, en definitiva implican cambios “radicales” a los que no estábamos acostumbrados.
Por lo anterior, es que nos dimos a la tarea de hacer algunas precisiones de estos “pocos cambios” radicales para que tomemos las consideraciones pertinentes en este tema.