Contabilidad a partir de 2015 para los AGASPES (Agricultura, ganaderia, silvicultura o pesca)

 

agaspes 2015 Autor: CPC y MI Ricardo Barragán Navarrete

A unos pocos meses de que concluya el ejercicio fiscal 2014, todavía encontramos contribuyentes personas físicas que realizan actividades de manera exclusiva para efectos fiscales, ya sea de agricultura, ganadería, silvicultura o pesca (en adelante AGASPES), que determinan el impuesto sobre la renta conforme a la abrogada Ley del Impuesto Sobre la Renta y no conforme a la vigente.

Lo preocupante del punto anterior, es que aparentemente quedó igual el esquema de tributación para estos contribuyentes, pero no es así, “las pocas diferencias”, en definitiva implican cambios “radicales” a los que no estábamos acostumbrados.

Por lo anterior, es que nos dimos a la tarea de hacer algunas precisiones de estos “pocos cambios” radicales para que tomemos las consideraciones pertinentes en este tema.

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