En el ámbito de las demandas laborales, es importante considerar que dar de baja a un empleado y luego volver a darlo de alta en la misma empresa antes de que el trabajador presente una demanda, se considera un acto de mala fe. Esto se debe a que el patrón estaría intentando protegerse, sabiendo que ya despidió al empleado, ya sea de forma justificada o injustificada.
El aviso de baja del trabajador ante el Instituto Mexicano del Seguro Social y su alta posterior, ambas en fecha previa a aquella en que el patrón demandado le ofrece reintegrarse a sus labores en el juicio respectivo, donde niega haberlo despedido, constituye una conducta procesal asumida por el patrón que tampoco desvirtúa la presunción de que el despido fue la causa que motivó la baja del trabajador.
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