Cuando una autoridad fiscal cuestiona tus comprobantes, no basta con mostrar el CFDI. Debes demostrar que la operación realmente ocurrió, que tuvo una razón de negocio y que existe documentación contable, contractual, financiera y operativa que la respalda.
El Manual de Cumplimiento Tributario 2026 de PRODECON propone implementar un repositorio de evidencias para prevenir, detectar y atender riesgos fiscales. En particular, ante la presunción de que los CFDI no amparan operaciones existentes, verdaderas o actos jurídicos reales —requisito previsto en el artículo 29-A, fracción IX del Código Fiscal de la Federación (CFF)—, la clave es conservar evidencia congruente de principio a fin.
¿Qué significa esta presunción?
La reforma fiscal 2026 refuerza la facultad de la autoridad para verificar que los CFDI amparen operaciones existentes, verdaderas o actos jurídicos reales. Si la autoridad presume que los comprobantes no cumplen ese requisito, puede iniciar un procedimiento específico para determinar si los CFDI se consideran falsos y, en consecuencia, si las operaciones carecen de efectos fiscales.
Esto no significa que una factura sea falsa por el simple hecho de que la autoridad solicite información. Sin embargo, sí implica que el contribuyente debe estar preparado para acreditar la materialidad de sus operaciones: qué se contrató, por qué se contrató, quién lo realizó, cómo se pagó y cuál fue el resultado obtenido.
PRODECON advierte que los contratos y los registros contables, por sí solos, pueden no ser suficientes para demostrar la realidad de una operación. La evidencia debe permitir vincular el CFDI con una transacción efectiva, verificable y relacionada con la actividad del negocio.
Evidencias para demostrar operaciones reales
El Manual de Cumplimiento Tributario 2026 sugiere resguardar documentación e información que permita demostrar la materialidad de las operaciones. La evidencia exacta dependerá del giro, el tipo de servicio, los bienes adquiridos y las características particulares de cada contribuyente.
| Tipo de evidencia | Documentos y elementos recomendables |
|---|---|
| Relación contractual | Contratos firmados, convenios, anexos, órdenes de compra, cotizaciones, propuestas, modificaciones contractuales y términos de referencia |
| Identificación de la operación | Número y fecha de contrato, partes que intervienen, objeto, descripción detallada del servicio o bien, monto, vigencia, entregables y condiciones de pago |
| Razón de negocio | Justificación interna de por qué se contrató el servicio o adquirió el bien, necesidad operativa, presupuesto autorizado, comparativos de proveedores y análisis de beneficios |
| Comunicación comercial | Correos electrónicos, mensajes, minutas, solicitudes de servicio, reportes de avance, aprobaciones, instrucciones de trabajo y comunicaciones con el proveedor |
| Entregables | Informes, estudios, diseños, manuales, campañas, diagnósticos, planos, levantamientos, bases de datos, desarrollos tecnológicos, reportes y cualquier resultado concreto |
| Evidencia operativa | Bitácoras, listas de asistencia, controles de acceso, registros de actividades, evidencia de personal asignado, reportes de supervisión y documentación de recepción o aceptación |
| Evidencia financiera | CFDI, estados de cuenta, transferencias, cheques, fichas de depósito, pólizas contables, auxiliares, conciliaciones y documentos que relacionen pago, factura y contrato |
| Evidencia física o digital | Fotografías, videos, planos, archivos electrónicos, metadatos, capturas de pantalla y registros de sistemas que permitan identificar fecha, autor y contenido |
| Evidencia contable y fiscal | Pólizas, balanza de comprobación, auxiliares contables, declaraciones, papeles de trabajo, registros de IVA e ISR y conciliaciones con los CFDI emitidos o recibidos |
PRODECON recomienda conservar contratos y sus modificaciones, así como documentación que identifique a las partes, describa las actividades, el periodo de ejecución, horarios o lugares de prestación cuando sean aplicables, y la relación entre lo contratado, lo facturado y lo pagado.
El CFDI debe coincidir con la realidad
Una defensa sólida depende de la congruencia. Si el CFDI señala “servicios de consultoría”, pero el contrato, los entregables, las transferencias y la contabilidad no permiten identificar qué consultoría se prestó, quién la realizó y qué resultado produjo, la autoridad puede cuestionar la operación.
Antes de emitir o recibir un CFDI, verifica que exista consistencia entre:
- El concepto facturado y el contrato, orden de compra o cotización.
- El importe del CFDI y el monto pactado o autorizado.
- La fecha de expedición y el periodo en que se entregó el bien o se prestó el servicio.
- La forma y método de pago registrados y el flujo bancario real.
- El proveedor, su capacidad operativa y los recursos necesarios para cumplir.
- Los entregables y la descripción específica de los servicios o bienes.
- El registro en la contabilidad y el efecto reflejado en las declaraciones fiscales.
El Manual señala que los CFDI deben reunir los requisitos fiscales aplicables y que, con motivo de la reforma, deben amparar operaciones existentes, verdaderas o actos jurídicos reales.
Crea un repositorio de evidencias
No esperes una revisión para buscar documentos dispersos en correos, WhatsApp, carpetas personales o computadoras de excolaboradores. PRODECON propone integrar un repositorio de evidencias adaptable a las características de cada empresa y a sus riesgos fiscales; este puede ser especialmente útil ante una contingencia o el ejercicio de facultades de comprobación.
Una forma práctica de organizarlo es crear una carpeta digital por operación, proveedor o proyecto con esta estructura:
- 01_Antecedentes: cotizaciones, evaluación del proveedor, aprobación interna y razón de negocio.
- 02_Contrato: contrato, anexos, órdenes de compra, convenios modificatorios y documentación corporativa.
- 03_Ejecución: correos, minutas, reportes, bitácoras, entregables, fotografías y evidencia de actividades.
- 04_Facturación y pago: XML y PDF del CFDI, comprobantes bancarios, estados de cuenta y conciliaciones.
- 05_Contabilidad e impuestos: pólizas, auxiliares, papeles de trabajo y declaraciones relacionadas.
- 06_Cierre: acta de entrega-recepción, aceptación del servicio, evaluación del proveedor y evidencia del beneficio obtenido.
Para conservar evidencia digital, procura que los archivos mantengan trazabilidad: fecha de creación, autor, versión, fuente y relación directa con el proyecto. El Manual destaca que la confiabilidad de los documentos electrónicos puede valorarse considerando, entre otros aspectos, cómo fueron generados, en qué sistema o cuenta y si se preserva su integridad.
Si inicia una visita específica
PRODECON señala que, cuando se presuma la emisión de falsos comprobantes fiscales, puede realizarse una visita domiciliaria con un plazo abreviado de 24 días hábiles. Durante el procedimiento, el contribuyente puede ofrecer pruebas y manifestaciones para desvirtuar la presunción; la emisión de CFDI puede quedar suspendida desde la entrega o notificación de la orden hasta que se emita la resolución.
Ante una notificación:
- Revisa de inmediato el acto notificado, los hechos señalados y el plazo aplicable.
- Integra una respuesta documental ordenada, con índice y explicación de cómo cada prueba acredita la operación.
- Relaciona cada CFDI con contrato, pago, registro contable y entregable.
- Evita entregar documentos aislados: explica su vínculo lógico y cronológico.
- Conserva acuses, escritos presentados y toda comunicación con la autoridad.
- Busca asesoría fiscal y legal especializada antes de presentar manifestaciones o pruebas.
Si la autoridad determina que los CFDI son falsos, el Manual indica que quienes dieron efectos fiscales a esos comprobantes pueden contar con 30 días para revertirlos; además, el incumplimiento puede generar contingencias relevantes.
Ejemplo: servicio de marketing digital
Supongamos que una empresa contrata una agencia para desarrollar una campaña de posicionamiento digital. Para demostrar que la operación fue real, la empresa debería contar, al menos, con:
- Propuesta comercial, cotización y comparativo de proveedores.
- Contrato que describa alcance, canales, campañas, duración, honorarios y entregables.
- Correos o minutas donde se aprueben creativos, audiencias, presupuestos y cambios.
- Reportes de pauta, piezas gráficas, calendarios de contenido, resultados de campañas y accesos a plataformas.
- CFDI emitido con una descripción congruente con el servicio contratado.
- Transferencia bancaria identificable y póliza contable vinculada al CFDI.
- Evidencia de recepción y aprovechamiento del servicio: generación de prospectos, tráfico, ventas, posicionamiento o reportes internos.
No se trata de acumular documentos sin orden. Se trata de poder responder claramente: qué se contrató, por qué se contrató, cómo se ejecutó, qué se recibió y cómo se pagó.
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Recomendación final
El CFDI es el comprobante fiscal de una operación, pero no sustituye la evidencia de que esa operación ocurrió. Implementar un repositorio documental, revisar la congruencia entre contrato, factura, pago, contabilidad y entregables, así como evaluar a clientes y proveedores, reduce significativamente el riesgo de que la autoridad cuestione la materialidad de tus operaciones.
En ContadorMx podemos ayudarte a revisar la documentación de tus operaciones, diseñar un expediente de materialidad y establecer controles fiscales para que tu empresa esté mejor preparada ante una revisión del SAT.
Este artículo tiene fines informativos y no sustituye una asesoría fiscal o legal personalizada.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
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