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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció la intensificación de su campaña de orientación dirigida a quienes realizan Actividades Vulnerables, con el objetivo de reforzar la prevención del lavado de dinero y promover la regularización voluntaria de los contribuyentes sujetos a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI).

La autoridad actualizó su Minisitio de Actividades Vulnerables y amplió el Programa Tríptico, dos herramientas clave para la capacitación y cumplimiento de las obligaciones en materia antilavado.

Minisitio para cumplir con la ley antilavado

El Minisitio de Actividades Vulnerables del SAT ofrece una plataforma práctica para que las personas físicas y morales identifiquen si realizan alguna actividad considerada vulnerable y comprendan sus obligaciones específicas.

A través del portal, los contribuyentes pueden:

  • Registrarse en el Sistema del Portal de Prevención de Lavado de Dinero.
  • Consultar las 17 actividades vulnerables definidas en la LFPIORPI.
  • Presentar avisos e informes conforme a las obligaciones correspondientes.
  • Acceder a guías, materiales y trípticos informativos digitales elaborados por el SAT.

Esta actualización busca acercar el cumplimiento normativo a los sujetos obligados mediante recursos didácticos y explicaciones accesibles.

Trípticos para orientación masiva a sujetos obligados

Desde febrero de 2025, el SAT ha distribuido más de 1.9 millones de trípticos físicos y digitales dirigidos a quienes deben cumplir con la LFPIORPI. Estos materiales explican cómo:

  • Registrarse en el padrón de sujetos obligados.
  • Identificar y verificar la identidad de clientes o usuarios.
  • Solicitar información sobre la ocupación o actividad económica de los mismos.
  • Acceder a los canales oficiales de consulta y aclaración.

Entre los materiales más destacados se encuentran los trípticos digitales:

Estos se han enviado directamente a los contribuyentes registrados, con el propósito de fomentar el autocumplimiento y reducir riesgos sancionatorios.

Actividades consideradas vulnerables según la LFPIORPI

El SAT recordó que las Actividades Vulnerables son operaciones lícitas que, por su naturaleza, pueden ser utilizadas para lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.

Algunas de las principales son:

  • Juegos con apuesta, concursos o sorteos.
  • Emisión o comercialización de tarjetas de servicios y prepagadas.
  • Emisión y comercialización de cheques de viajero.
  • Ofrecimiento de mutuo o garantía por sujetos distintos a las entidades financieras.
  • Realización de actividades de construcción o desarrollo de bienes inmuebles.
  • Recepción de recursos que se destinen para llevar a cabo un desarrollo inmobiliario cuya finalidad sea su venta o renta.
  • Comercialización de metales y piedras preciosas, joyas y relojes.
  • Subasta o venta de obras de arte.
  • Comercialización de vehículos aéreos, marítimos o terrestres.
  • Servicios de blindaje de autos o inmuebles.
  • Traslado o custodia de valores y dinero.
  • Servicios profesionales para realizar acciones a nombre de un cliente.
  • Servicios de fe pública.
  • Recepción de donativos.
  • Servicios de comercio exterior (agente o apoderado aduanal).
  • Derechos personales de uso o goce de bienes inmuebles.
  • Proveedores de activos virtuales.

Multas por incumplimiento

El SAT advirtió que negar información o impedir el acceso a verificadores durante una visita puede derivar en multas de 200 a 2,000 UMAS, conforme a los artículos 18 fracción V, 53 fracción II y 54 fracción I de la LFPIORPI.

Estas sanciones buscan garantizar la colaboración con las autoridades y el cumplimiento efectivo de las medidas preventivas.

Comentario final

Si tu empresa o despacho realiza alguna de las 17 actividades vulnerables, es fundamental mantener actualizada tu información ante el SAT y cumplir puntualmente con los avisos y reportes establecidos por la LFPIORPI.
Una buena práctica es revisar periódicamente el Minisitio de Actividades Vulnerables y capacitar a tu equipo en materia de prevención de lavado de dinero.

Fuente: Prensa SAT 28-10-2025.

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