Los cambios del Código Fiscal de la Federación (CFF 2026) que se incluyeron en el Paquete Económico 2026, son muy importantes y vienen a fortalecer la fiscalización, ampliar las facultades de la autoridad tributaria y cerrar espacios a la evasión fiscal. Aunque todavía falta su aprobación y posterior publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para que entren en vigor, de aprobarse en los términos actuales, estos cambios comenzarán a aplicarse a partir del 1 de enero de 2026.
Principales cambios en el Código Fiscal de la Federación CFF 2026
Estos cambios marcan un paso hacia un esquema de fiscalización más estricto y digitalizado, con efectos directos en contadores, empresarios y contribuyentes en general.
1. Falsos comprobantes fiscales
Mayor riesgo de suspensión de sellos digitales y sanciones penales si se detectan CFDI simulados.
- Se refuerzan medidas contra las factureras (EFOS y EDOS):
- El SAT podrá negar la inscripción al RFC a personas morales cuyos socios o representantes hayan estado vinculados a empresas con operaciones inexistentes.
- Los CFDI deberán amparar operaciones existentes, verdaderas o actos jurídicos reales.
- Se crea el artículo 29-A Bis, que faculta al SAT a verificar la veracidad de los CFDI sin agotar el procedimiento tradicional.
- Nueva visita domiciliaria exprés para revisar comprobantes falsos, con plazos de 24 días hábiles y suspensión inmediata de sellos digitales.
- Se otorgan sanciones penales y prisión preventiva oficiosa por emitir falsos CFDI.
2. Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)
Menos carga administrativa para contribuyentes pequeños, pero sanciones proporcionales si incumplen.
- Personas físicas en RESICO quedarán liberadas de presentar declaración anual; sólo deberán cumplir con pagos mensuales definitivos.
- En caso de no expedir CFDI, se ajustan sanciones con multas atenuadas, equiparándolas a las aplicables al extinto RIF.
3. Cancelación de CFDI
Mayor flexibilidad para corregir facturación al cierre del ejercicio.
- Se permitirá que los CFDI se cancelen hasta el mes en que deba presentarse la declaración anual del ISR.
- Se elimina la restricción que obligaba a cancelarlos dentro del mismo ejercicio.
4. Notificaciones fiscales
Certeza jurídica para el contribuyente sobre plazos de notificación.
- Se amplía de 3 a 20 días hábiles el plazo máximo para que se consideren efectuadas las notificaciones electrónicas, por estrados o edictos.
5. Restricción de sellos digitales
Empresas con adeudos, petroleras y del sector energético estarán bajo mayor vigilancia con nuevas causales para restringir el Certificado de Sello Digital (CSD).
- Créditos fiscales firmes no pagados que superen 4 veces el monto del adeudo.
- Emisión indebida de CFDI en hidrocarburos (sin permiso vigente de la CRE, o por venta de combustibles sin acreditar importación legal).
- Incumplimiento de controles de inventarios en comercio exterior.
6. Plataformas digitales
Mayor fiscalización a plataformas de streaming, apps de intermediación, educación en línea y marketplaces.
- Prestadores de servicios digitales deberán dar al SAT acceso en línea y en tiempo real a la información de sus operaciones.
7. Depuración del RFC
Riesgo de baja del RFC para empresas “fantasma” o inactivas, incluso si se usan para planeaciones fiscales agresivas.
- Se fortalecen facultades del SAT para suspender o cancelar el RFC de contribuyentes inactivos (no presentan declaraciones, no emiten ni reciben CFDI, no aparecen en declaraciones de terceros).
8. Otras reformas relevantes
- Fedatarios públicos deberán confirmar la autenticidad de documentos que presenten contribuyentes.
- Se amplían facultades del SAT para revisar estados de cuenta en todas las instituciones financieras (no sólo bancos).
- Se precisa que la revisión administrativa, sólo aplica para créditos fiscales definitivos.
Cuadro comparativo de cambios importantes CFF 2026
Tema | CFF 2025 | CFF 2026 | Fundamento (artículos CFF 2026 por reformar) |
---|---|---|---|
Factureras (EFOS/EDOS) | Procedimiento tradicional para revisión de CFDI. | SAT puede negar inscripción al RFC a socios/representantes ligados a EFOS; creación del art. 29-A Bis para verificar veracidad de CFDI; visita domiciliaria exprés (art. 49 Bis); sanciones reforzadas en art. 113 Bis. | Arts. 27, 29-A, 29-A Bis, 49 Bis y 113 Bis. |
RESICO Personas Físicas | Debían presentar declaración anual. | Se elimina la obligación de presentar declaración anual; pagos mensuales son definitivos; multas atenuadas por no expedir CFDI. | Arts. 17-H Bis, 113-E, 113-F y 113-G. |
Cancelación de CFDI | Solo dentro del mismo ejercicio fiscal. | Flexibilidad: hasta el mes en que deba presentarse la declaración anual de ISR. | Art. 29-A. |
Notificaciones fiscales | Notificaciones electrónicas consideradas hechas en 3 días hábiles. | Plazo ampliado a 20 días hábiles. | Art. 134. |
Sellos digitales (CSD) | Restricciones por incumplimiento de declaraciones. | Nuevas causales: créditos fiscales firmes impagos, hidrocarburos sin permiso de CRE, inventarios de comercio exterior. | Art. 17-H Bis. |
Plataformas digitales | Obligación de retenciones y declaraciones periódicas. | Nuevo art. 30-B: SAT tendrá acceso en línea y en tiempo real a operaciones de plataformas digitales. | Art. 30-B (adicionado). |
RFC | Suspensión/baja limitada. | SAT podrá suspender o cancelar RFC de contribuyentes inactivos (sin CFDI ni declaraciones). | Art. 27, fracc. XII y XIII. |
Fedatarios públicos | Facultades tradicionales de certificación. | Deberán confirmar autenticidad de documentos que presenten contribuyentes. | Art. 27. |
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Comentarios finales
Los cambios propuestos al CFF 2026 representan un endurecimiento en la vigilancia y control tributario en México. Aunque se mantiene la promesa de no crear nuevos impuestos, la autoridad fiscal busca cerrar brechas en la recaudación mediante tecnología, digitalización y mayores facultades de fiscalización.
Para los contribuyentes, esto implica la necesidad de:
- Reforzar sus controles internos.
- Asegurarse de emitir y validar CFDI con total apego a la normatividad.
- Revisar oportunamente su situación en el RFC para evitar suspensiones o cancelaciones.
- Estar atentos a las nuevas obligaciones de las plataformas digitales y a la flexibilización en temas como la cancelación de CFDI.
En conclusión, el CFF 2026 consolida una política fiscal enfocada en la prevención, control digital y transparencia, lo que exigirá a contadores y asesores fiscales una planeación más cuidadosa de las operaciones de sus clientes y empresas.

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