A partir de 2016 las Personas Físicas con ingresos por Salarios podrán presentar su declaración anual ante el SAT durante todo el año. La fecha límite del 30 de abril ya no aplica para este tipo de contribuyentes, si tienen un saldo a favor para solicitar en devolución lo pueden solicitar en cualquier momento.
La fecha límite del 30 de abril solo aplica a las Personas Físicas que tengan ingresos por actividad empresarial y profesional, arrendamiento, entre otras actividades.
Si eres una Persona Física que solo recibió ingresos por salarios o intereses nominales hasta por 20 mil pesos, pueden aplicar el beneficio de NO presentar su declaración anual o presentarla en cualquier momento del ejercicio para solicitar su devolución de impuestos.
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Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.