Se modificara la Resolución Miscelánea Fiscal 2015 por cuarta ocasión, esto según lo publicado en la página del Servicio de Administración Tributaria, en esta modificación se pretende reformar la regla 10.1 la cual nos menciona cuando el contribuyente puede empezar a deducir sus inversiones y los porcentajes permitidos.
En lugar de poder calcular las deducciones de inversión aplicando los por cientos máximos autorizados por la LISH se calcularan aplicando los por cientos establecidos por la misma ley.
Las
La cuarta modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal específicamente en su regla 10.1 quedara como sigue:
Inicio de la Deducción de Inversiones
10.1. Para los efectos de los artículos 32, apartado A, primer y segundo párrafos y 46, cuarto párrafo de la LISH y de la determinación del ISR, el contribuyente podrá optar por empezar a deducir las inversiones en el ejercicio en el que se efectúen, a partir del ejercicio en que se inicie la utilización de los bienes o desde el ejercicio siguiente.
(inicia modificación)
En el caso de que el contribuyente inicie la deducción de las inversiones con posterioridad a los plazos a que se refiere el párrafo anterior, perderá el derecho a deducir las cantidades correspondientes a los ejercicios transcurridos desde que pudo efectuar la deducción y hasta que inicie dicha deducción, calculadas aplicando los por cientos establecidos por la LISH.
LISR 31, LISH 32 46
Fuente: Modificación RMF 24-07-2015
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