El pasado 8 de Septiembre, 2013, el Ejecutivo Federal presentó ante el Congreso la Iniciativa de Reformas Fiscales para 2014. De inmediato nos dimos a la tarea de estudiarla, por lo que enseguida compartimos con ustedes nuestra visión de la misma y respecto a la Ley del IVA se puede decir lo siguiente:
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO EN REFORMA HACENDARIA 2014
Alimentos y medicinas de patente
Finalmente la iniciativa de ley no propone cambio alguno en la tasa para estos productos, por lo que seguirán sujetos a la tasa de cero, salvo algunos alimentos que se gravan a la tasa general como más adelante se comenta.
Tasa de IVA en zona fronteriza
Se propone incrementar la tasa de 11 a 16% en las operaciones que se realicen en esta zona.
Exenciones:
- a) Se elimina la exención a las construcciones adheridas al suelo destinadas o utilizadas como casa-habitación; de igual forma se elimina la exención aplicable al uso o goce temporal de inmuebles destinados a casa habitación.
- b) Se gravarán las comisiones e intereses que provengan de créditos hipotecarios o con garantía fiduciaria para la adquisición, ampliación construcción o reparación de bienes inmuebles destinados a casa habitación.
- c) Se elimina la exención para los servicios de enseñanza, así como para los espectáculos públicos, excepto teatro y circo.
Tasa 0%
Se eliminan de la tasa cero y se incorporan a la tasa general de 16% a las siguientes actividades: la enajenación de perros, gatos y pequeñas especies que sirvan de mascota en el hogar; de alimentos procesados para estos animales; de chicles y goma de mascar; oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales y lingotes, cuyo contenido mínimo de oro sea de 80% y la prestación de servicios de hotelería y conexos a turistas extranjeros.
SOFOMES
Se hace extensivo a estas empresas el tratamiento fiscal en materia de acreditamiento de IVA establecido para las empresas que integran el sistema financiero.
REPECOS
En congruencia con las reformas a la LISR, se elimina este régimen de tributar en materia de IVA.
Régimen de incorporación para 2014
Este régimen entrará en sustitución del REPECO y del Régimen intermedio de personas físicas con actividades empresariales, en el cual se les permite presentar las declaraciones de manera bimestral.
Fuente: IMCP
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Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.