Ley IVA para 2014 – Impuesto al Valor Agregado en Reforma Hacendaria 2014

 

porcentajeEl pasado 8 de Septiembre, 2013, el Ejecutivo Federal presentó ante el Congreso la Iniciativa de Reformas Fiscales para 2014. De inmediato nos dimos a la tarea de estudiarla, por lo que enseguida compartimos con ustedes nuestra visión de la misma y respecto a la Ley del IVA se puede decir lo siguiente:

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO EN REFORMA HACENDARIA 2014

Alimentos y medicinas de patente

Finalmente la iniciativa de ley no propone cambio alguno en la tasa para estos productos, por lo que seguirán sujetos a la tasa de cero, salvo algunos alimentos que se gravan a la tasa general como más adelante se comenta.

Tasa de IVA en zona fronteriza

Se propone incrementar la tasa de 11 a 16% en las operaciones que se realicen en esta zona.

Calculadora ISR 2023 de Regalo:  Descárgala y calcula fácilmente el ISR, IMSS e Infonavit de 2023 desde una sencilla Hoja en Excel, es completamente GRATIS!

 

Exenciones:

  • a) Se elimina la exención a las construcciones adheridas al suelo destinadas o utilizadas como casa-habitación; de igual forma se elimina la exención aplicable al uso o goce temporal de inmuebles destinados a casa habitación.
  • b) Se gravarán las comisiones e intereses que provengan de créditos hipotecarios o con garantía fiduciaria para la adquisición, ampliación construcción o reparación de bienes inmuebles destinados a casa habitación.
  • c) Se elimina la exención para los servicios de enseñanza, así como para los espectáculos públicos, excepto teatro y circo.

Tasa 0%

Se eliminan de la tasa cero y se incorporan a la tasa general de 16% a las siguientes actividades: la enajenación de perros, gatos y pequeñas especies que sirvan de mascota en el hogar; de alimentos procesados para estos animales; de chicles y goma de mascar; oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales y lingotes, cuyo contenido mínimo de oro sea de 80% y la prestación de servicios de hotelería y conexos a turistas extranjeros.

SOFOMES

Se hace extensivo a estas empresas el tratamiento fiscal en materia de acreditamiento de IVA establecido para las empresas que integran el sistema financiero.

REPECOS

En congruencia con las reformas a la LISR, se elimina este régimen de tributar en materia de IVA.

Régimen de incorporación para 2014

Este régimen entrará en sustitución del REPECO y del Régimen intermedio de personas físicas con actividades empresariales, en el cual se les permite presentar las declaraciones de manera bimestral.

Fuente: IMCP

Deja un comentario