Para pago de la Tenencia y Refrendo para el Estado de Puebla aplica para Vehículos nuevos y usados de uno a nueve años modelo de antigüedad pagarán el Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos de acuerdo a lo señalado en la Ley de Hacienda del Estado según tipo de vehículo, valor de factura y año modelo. Sin embargo el artículo 50 de la Ley de Hacienda del Estado contempla un programa de apoyo del 100% del impuesto sobre tenencia, siempre que se cumplan los requisitos previstos en el mismo.
ARTÍCULO 8.- El pago del Impuesto Sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados será la cantidad que resulte de aplicar a la base a que se refiere la Ley de Hacienda del Estado Libre y Soberano de Puebla, el factor del 0 (cero)
ARTÍCULO 9.- Los sujetos de este Impuesto que adquieran vehículos automotores cuyos modelos sean de más de diez años de fabricación nacional, anteriores a la aplicación de esta Ley, pagarán la cantidad de $0.00
ARTÍCULO 7 LIP 2013.- El Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos a que se refiere la Ley de Hacienda del Estado Libre y Soberano de Puebla, se causará y pagará de conformidad con lo siguiente:
I.- Automóviles nuevos, destinados al transporte hasta de quince pasajeros, y vehículos usados de 1 a 9 años modelo de antigüedad:
II.- Motocicletas nuevas:
Requisitos para el Pago de Tenencia y Refrendo en el Estado de Puebla:
Refrendo
- El contribuyente deberá tener Placa para poder consultar su adeudo por internet.
Pago de Tenencia y/o Derechos de Control Vehicular
Tenencia
- El contribuyente deberá tener Placa y Número de Serie para poder efectuar su pago por internet.
- El contribuyente podrá utilizar las siguientes formas de pago:
- Tarjeta de Crédito
- Cargo a cuenta de cheques
- Pago en ventanilla bancaria con referencia
Pasos para efectuar el Pago:
- Ratificar Datos: El contribuyente ratificará que los datos del domicilio que le son mostrados continúan vigentes.
- Seleccionar Ejercicio Fiscal: El contribuyente deberá seleccionar uno o varios Ejercicios Fiscales que desea pagar.
- Confirmar: El contribuyente confirmará sus pagos y montos que previamente ha seleccionado.
- Pagar: El contribuyente seleccionará la forma de pago.
- Imprimir Comprobante: El contribuyente imprimirá el Comprobante de la operación bancaria o su Comprobante Fiscal Electrónico de Pago.
NOTA: Excepto cuando seleccione pagar en ventanilla bancaria.
Para poder ingresar a la base de datos y efectuar sus pagos a través de Internet, deberá suministrar la placa y el número de serie de su vehículo en la siguiente dirección: Pago de Tenencia o Uso de Vehículos del Estado de Puebla
Preguntas Frecuentes sobre la eliminación de la tenencia en México (Nivel Federal)
¿Hasta qué fecha estará vigente la Ley del Impuesto sobre Tenencia o uso de Vehículos?
Estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2011. Fundamento Legal: Artículos Tercero y Cuarto del Decreto por el que se Reforman, Adicionan, Derogan y Abrogan Diversas Disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
¿Continuará vigente la Ley Federal sobre Tenencia o Uso de Vehículos cuando, antes de 2012, las entidades federativas establezcan impuestos locales sobre tenencia o uso de vehículos?
En este caso se suspenderá el cobro del impuesto federal correspondiente en la entidad federativa de que se trate.
Fundamento Legal: Artículos Tercero y Cuarto del Decreto por el que se Reforman, Adicionan, Derogan y Abrogan Diversas Disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
Nuestra labor es compartir experiencia en el ámbito contable, fiscal y de seguridad social, con el fin de promover la Cultura Contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.