Se exenta el pago de tenencia a todos los vehículos nuevos con un monto de hasta $200,000.00 con I.V.A. incluido, además de los modelos 2003 y años anteriores de cualquier valor facturado, siempre y cuando se paguen los derechos de control vehicular en el plazo establecido (Art. 36-F de la Ley de Hacienda del Estado de Aguascalientes)
Para consultar su adeudo de tenencia, placas o refrendo teclee el número de placa sin espacios ni guiones y los últimos 4 dígitos del número de identificación vehicular de su Tarjeta de Circulación. Ej. ADM4852 y 1234 o puede buscar por RFC del propietario los cuales podrá ingresar en el siguiente enlace: Pago de Tenencia Aguascalientes
Preguntas Frecuentes sobre la eliminación de la tenencia en México (Nivel Federal)
¿Hasta qué fecha estará vigente la Ley del Impuesto sobre Tenencia o uso de Vehículos?
Estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2011. Fundamento Legal: Artículos Tercero y Cuarto del Decreto por el que se Reforman, Adicionan, Derogan y Abrogan Diversas Disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
¿Continuará vigente la Ley Federal sobre Tenencia o Uso de Vehículos cuando, antes de 2012, las entidades federativas establezcan impuestos locales sobre tenencia o uso de vehículos?
En este caso se suspenderá el cobro del impuesto federal correspondiente en la entidad federativa de que se trate.
Fundamento Legal: Artículos Tercero y Cuarto del Decreto por el que se Reforman, Adicionan, Derogan y Abrogan Diversas Disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
Fuente: 53-31122012(Primera Secc.).pdf

Nuestra labor es compartir experiencia en el ámbito contable, fiscal y de seguridad social, con el fin de promover la Cultura Contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.