Programa de regularización de Adeudos Fiscales con el SAT – «Ponte al Corriente» Boletín SINDI 2013

 

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer el programa de regularización de adeudos fiscales 2013. este programa se llama ponte al corriente en el cual básicamente consiste en la Disminución de hasta 100% de tus adeudos fiscales, cuando hayan sido determinados por la autoridad o autodeterminados. Los porcentajes varían dependiendo del concepto y año del ejercicio del adeudo, Sólo necesitas:

  • Contar con la Firma Electrónica Avanzada (Fiel).
  • Pagar en una sola exhibición durante la vigencia de la línea de captura.

parametros del programa

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Características del Programa Ponte al Corriente con el SAT

  • Sustentado en el Artículo Tercero TRANSITORIO, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2013.
  • Tiene como fin que los contribuyentes se pongan al corriente en el pago de sus adeudos fiscales.
  • Para acogerse al programa, el contribuyente debe presentar su solicitud a través del portal de internet del SAT, de manera sencilla y recibe respuesta inmediata, en línea.
  • El sistema ya contiene capturados los adeudos controlados por la autoridad, en los casos que no aparezca algún adeudo, el contribuyente podrá agregarlo.
  • Si tiene cantidad a pagar, el contribuyente generará en el sistema la línea de captura para realizar el pago y una vez efectuado concluirá el trámite.
  • Se dispensa del pago de hasta 80% de las contribuciones omitidas y 100% de multas, recargos y gastos de ejecución.
  • Es importante que el contribuyente cuente con FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA (Fiel), para presentar su solicitud por medios electrónicos a través de la aplicación: Ponte al Corriente.
  • El programa concluye el 31 de mayo de 2013.

Normatividad
Artículo Tercero TRANSITORIO, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2013, que establece: Tercero. Se condona total o parcialmente los créditos fiscales consistentes en contribuciones federales cuya administración corresponda al Servicio de Administración Tributaria, cuotas compensatorias, actualizaciones y accesorios de ambas, así como las multas por incumplimiento de las obligaciones fiscales federales distintas a las obligaciones de pago.

Preguntas frecuentes del Programa Ponte al Corriente:

Para efectos del programa Ponte al Corriente, una vez que el contribuyente obtenga el Formato de Pago de Créditos Fiscales con línea de captura emitido por el SAT, ¿a través de que medio debe efectuar el pago?

  1. Debe efectuarlo utilizando la línea de captura contenida en el formato de pago.
  2. Debe ser enterado en la institución bancaria autorizada, de la siguiente manera:
    - Personas morales a través del portal bancario vía internet.
    - Personas físicas a través del portal bancario vía internet o ventanilla bancaria.

El pago con la línea de captura se efectúa en cualquier institución de crédito autorizada; conforme al listado que se encuentra contenido en el Portal de internet del SAT. Una vez que se efectúe el pago correspondiente, la institución de crédito autorizada entregará al contribuyente, el “Recibo Bancario de Pago de Contribuciones Federales”, como comprobante de pago. Revise que esté impresa la Línea de Captura y el importe pagado.

¿Cómo se debe realizar el pago? En una sola exhibición, dentro de la vigencia de la línea de captura (generalmente de 10 días contados a partir de la fecha de en que se haya emitido).

¿En qué tiempo me estarán resolviendo si procede o no mi trámite? La solicitud se resuelve en línea, de manera inmediata.

¿A partir de cuándo puedo solicitar una cita en las oficinas del SAT? La solicitud se ingresa por internet, si requieres alguna aclaración sobre los adeudos o el cálculo del importe a pagar, puedes programar por internet una cita para acudir a las oficinas del SAT o bien, llama a Infosat al 01 800 46 36 728, opción 9 seguida de la opción 1.
¿Puedo hacer el trámite si estoy viviendo fuera de México?
Así es, ya que el trámite es por Internet y sólo requiere de contar con la Firma Electrónica Avanzada.

¿Qué tipo de adeudos no participan en el programa? No participan en el programa créditos fiscales ya pagados, y en ningún caso, podrá solicitar devolución, compensación, acreditamiento, saldo a favor, ni dación en pago. Tampoco se condonarán adeudos fiscales derivados de infracciones por las cuales exista sentencia condenatoria en materia penal, ni se aceptarán pagos en especie. Actualmente estoy pagando un adeudo mediante pago en parcialidades

¿Puedo solicitar los beneficios de la condonación sobre este adeudo? Puedes solicitar la disminución sobre el saldo pendiente de pago. En este caso es necesario acudir a la oficina del SAT que corresponda a tu domicilio fiscal, donde determinarán tu saldo a pagar y podrán apoyarte para ingresar la solicitud por internet.

¿Cuáles son las obligaciones distintas de pago a que hace referencia el programa? Las relacionadas con el Registro Federal de Contribuyentes y a Declaraciones Informativas, por ejemplo:

  • Las que derivan de la omisión en la presentación de sus declaraciones, o fuera de tiempo.
  • Las impuestas por no haber solicitado la inscripción en el RFC cuando se esté obligado a ello o hacerlo extemporáneamente (salvo cuando la solicitud se presente de manera espontánea).
  • Las impuestas por no presentar avisos de cambio de situación fiscal o por hacerlo extemporáneamente.

Por ejemplo: no dar aviso de cambio de domicilio fiscal, de aumento de obligaciones, de apertura de establecimientos, entre otros (salvo cuando se presenten en forma espontánea).

¿Puedo pagar con un bien (mueble o inmueble) la parte no condonada? En ningún caso podrá efectuarse compensación, dación en pago, ni pagos en especie por la parte que no se condone.

¿Qué hago si no estoy de acuerdo con los importes mostrados? Para la validación de los importes o aclaraciones, es necesario acudir a la oficina del SAT que te corresponda, previa cita.

¿Qué pasa si tengo un crédito en controversia y quiero apegarme al programa? En caso de solicitar tu adhesión al programa sobre créditos actualmente controvertidos deberás desistirte del juicio y adjuntar en la solicitud copia de la carátula del desistimiento.

Autoayuda y casos prácticos del Programa Ponte al Corriente con el SAT:

  • Impuesto no propio de 2006 o anteriores
  • Multas por incumplimiento de las obligaciones fiscales distintas a las de pago anteriores a 2007
  • Impuesto propio causado entre 2007 a 2012
  • Multas por incumplimiento de las obligaciones fiscales distintas a las de pago distintas de las causadas entre 2007 y 2012
  • Multas por incumplimiento de obligaciones fiscales distintas a las de pago impuestas durante 2012 y 2013

Los puedes ver desde el siguiente enlace: Boletín SINDI 2013

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