Si eres un nuevo contribuyente o las facturas impresas se te terminaron ya habrás escuchado de la facturación electrónica y que no podrás solicitar mas facturas a tu antiguo impresos autorizado, en dado caso de que no sea así te doy un pequeño resumen para que lo consideres al momento de elegir ese esquema.
Facturación Electrónica o Comprobantes Fiscales Digitales CFDI
En este esquema debes de generar tus facturas electrónicas por medio de un proveedor autorizado de certificación (PAC) los cuales puedes ver quienes son en la pagina del SAT, ellos pueden generarte tus facturas ya sea sin costo o con costo, en las versiones sin costo lo único que cambia es la presentación (diseño) de tu factura y otras herramientas que ellos programan, al facturar con ellos deben de contar con acceso a internet para la generación de los CFDI’s, entregar a sus clientes el archivo XML y su versión impresa que por lo regular es en PDF.
Facturacion CBB con menos de 4 millones de ingresos
Mas simple no podría ser ya que como te había comentado anteriormente si eres un nuevo contribuyente o se te terminaron las facturas impresas, tienes la opción de facturar mediante CBB o Código de barras bidimensional, esto si facturaste menos de 4 millones de pesos y si vas empezando a facturar también te sirve. A continuación les dejo una pequeña guía del SAT de lo básico que tienes que saber al respecto de este esquema de facturación el cual podrá tener algo de teoría, pero en la practica es muy sencillo de llevar en cualquier negocio o para emitir recibos personales:
Objetivo:
El presente documento tiene por objeto proporcionar información a los contribuyentes que facilite la emisión de comprobantes fiscales impresos con código de barras bidimensional.
Antecedentes:
El 1 de enero del 2011, entraron en vigor las reformas al Código Fiscal de la Federación publicadas en el Diario Oficial el 7 de diciembre del 2009, que contemplan la modificación a los esquemas con que cuentan los contribuyentes para efectuar su comprobación fiscal.
Uno de estos esquemas es la emisión de comprobantes fiscales impresos con código de barras bidimensional o CBB.
Requerimientos:
- Clave CIEC.
- Fiel vigente
- Solicitar aprobación de folios vía internet
- Incorporar Código de Barras Bidimensional (CBB)
- Impresión de los comprobantes por medios propios del contribuyente o bien a través de un tercero.
Requisitos de los comprobantes impresos con CBB:
De acuerdo al artículo 29-A del CFF:
1. Clave del Registro Federal de Contribuyentes del emisor.
2. Régimen Fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR.
3. Si se tiene más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan.
4. Lugar y fecha de expedición.
5. Clave del Registro Federal de Contribuyente de la persona a favor de quien se expida.
6. Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen.
7. Valor unitario consignado en número.
8. Importe total consignado en número o letra.
9. Señalamiento expreso cuando la contraprestación se pague en una sola exhibición o en parcialidades.
10. Cuando proceda, se indicará el monto de los impuestos trasladados desglosados por tasa de impuesto y, en su caso, el monto de los impuestos retenidos.
11. Forma en que se realizó el pago (efectivo, transferencia electrónica, cheque nominativo o tarjeta de débito, de crédito, de servicio o la denominada monedero electrónico, indicando al menos los últimos cuatro dígitos del número de cuenta o de la tarjeta correspondiente.
12. Número y fecha del documento aduanero, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación.
De acuerdo a la RMF para 2012 (Regla II.2.6.1.1)
13. El CBB proporcionado por el SAT al contribuyente al momento de la asignación de los folios, mismo que deberá reproducirse con un mínimo 200/200 dpi en un área de impresión no menor a 2.75 cm. por 2.75 cm.
14. El número de aprobación del folio asignado por SICOFI.
15. El número de folio asignado por el SAT y en su caso la serie.
16. La leyenda “La reproducción apócrifa de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones fiscales”, misma que deberá ser impresa con letra no menor de 5 puntos.
17. La leyenda “Este comprobante tendrá una vigencia de dos años contados a partir de la fecha de aprobación de la asignación de folios, la cual es: dd/mm/aaaa”, misma que deberá ser impresa con letra no menor de 5 puntos.
Modelo de comprobante fiscal impreso.
A manera de ejemplo, se pone a su disposición un modelo de comprobante fiscal impreso con CBB.
Código de barras bidimensional (CBB)
La imagen del código de barras bidimensional que debe incorporarse en los comprobantes fiscales impresos será proporcionada por el SAT al momento de obtener cada aprobación de folios a través de su página en Internet.
Nuestra labor es compartir experiencia en el ámbito contable, fiscal y de seguridad social, con el fin de promover la Cultura Contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.