Para comprender el concepto de precios de transferencia comenzaremos por aludir los significados de las palabras que componen el término, de acuerdo con el Diccionario de la Real Academia Española:
- Precio: Valor pecuniario en que se estima algo. Contraprestación dineraria. Ajustar, concertar el valor que se ha de dar o llevar por ello. Apreciar, señalar el valor o tasa que se ha de dar o llevar por ello.
- Transferencia: Acción y efecto de transferir. Pasar o llevar algo desde un lugar a otro.
Con apego a lo anterior, podríamos concebir que el término de precios de transferencia, trata de la valorización que se estima, ajusta, concierta, aprecia o señala por la acción de pasar o llevar algo de un lugar a otro.
En materia tributaria, los precios de transferencia se refieren a los valores a los que son transferidos bienes tangibles, o intangibles, o se prestan servicios entre empresas asociadas.
Estos precios deben ser, para efectos fiscales, a valores de mercado, y se reputan como tal cuando dichas transacciones cumplen con el principio de “valor justo de mercado” o de “plena competencia” (mejor conocido como Arm’s Length Principle), cuya declaración de carácter oficial se encuentra en el Artículo 9 del Modelo de Convenio Fiscal de la OCDE (Model Tax Convention on Income and on Capital).
Para leer el articulo completo vaya al siguiente enlace: ¿Que son Los Precios de Trasferencia?
Autor: .C. Omar G. Serrano Fanjul
Especialista en Precios de Transferencia
FUENTE: transfer-pricing-consulting.blogspot.com
Image: sheelamohan / FreeDigitalPhotos.net
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