Calculo de ISR por Finiquito laboral 2012 – Despido Injustificado y Justificado

 

En esta ocasión les hago entrega de una calculadora de finiquitos para el ejercicio de 2012, ya sea por despido justificado o injustificado, este archivo te calcula las partes proporcionales de las percepciones que un empleado tiene derecho a exigir, en dado caso de que sea injustificado también calcula el monto de las indemnizaciones a entregar y también calcula la retención del Impuesto Sobre la Renta con las tablas actualizadas a 2012. Antes de utilizar el archivo debes saber lo siguiente referente a los pagos por separación:

reparto utilidades 2011 thumb

Se gravan los pagos por separación?
Lo que sea Ingreso en la ley del impuesto sobre la renta se considera gravado y según lo señalado por el primer párrafo del artículo 110 de la LISR.

“Artículo 110. Se consideran ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado, los salarios y demás prestaciones que deriven de una relación laboral, incluyendo la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas y las prestaciones percibidas como consecuencia de la terminación de la relación laboral.
…”

En el calculo de finiquito el monto total de los ingresos es gravado?
La fracción X del artículo 109 de la LISR prevé una exención (Es decir, una cantidad por la que no se está obligado el pago del ISR) por este concepto, equivalente a 90 veces el Salario Mínimo General (SMG) del área geográfica del contribuyente por cada año de servicios.

Una aclaración este archivo no lo cree en su totalidad pero lo modifique para que puedan llevar el control de los cálculos por finiquitos que tengas a lo largo del año (espero no sean muchos): Descargar Calculadora Finiquito 2012

1 comentario en «Calculo de ISR por Finiquito laboral 2012 – Despido Injustificado y Justificado»

  1. Buenas tardes!!!

    Con la calculadora me surgiò una duda en la exencion que establece el art. 109 Fraccion X de la LISR por pagos por indemnizacion, primas de antiguedad, etc…

    Los 90 dias de SMG por año de servicio se aplica al importe total de pagos, es decir:

    Indemnizacion
    + Prima de antiguedad
    =Total de pagos por separacion
    – 90 SMG por año de servicio
    = Percepcion gravable

    O bien, la exencion es aplicable a cada concepto individualmente, porque así lo calcula esta aplicación.

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