Para considerar un gasto en el calculo de impuestos anual de Impuesto Sobre la Renta ISR, debemos de tomar en cuenta varios factores dependiendo el tipo de gasto que queramos deducir ya que el pago que a su vez sean ingresos de:
- Personas Físicas
- Régimen Simplificado
- Sociedades y Asociaciones Civiles
- Suministro de agua Potable
- Recolección de Basura domestica
Serán Deducibles cuando hayan sido efectivamente erogados ene l ejercicio que se trate, para que se consideren como efectivamente erogados deben de ser pagados por traspaso de cuentas, en otros bienes que no sean títulos de crédito, pagos con cheques a la fecha de cobro o cuando se trasmitan a un tercero o cuando el interés del acreedor quede satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones. El artículo 31 fracción IX de la Ley del ISR establece que:
Tratándose de pagos que a su vez sean ingresos de contribuyentes personas físicas, de los contribuyentes a que se refieren el Capítulo VII de este Título, así como de aquellos realizados a los contribuyentes a que hace referencia el último párrafo de la fracción I del artículo 18 de la Ley y de los donativos, éstos sólo se deduzcan cuando hayan sido efectivamente erogados en el ejercicio de que se trate, sólo se entenderán como efectivamente erogados cuando hayan sido pagados en efectivo, mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, o en otros bienes que no sean títulos de crédito.
EL GASTO PAGADO CON CHEQUE NO COBRADO EN EL EJERCICIO ES DEDUCIBLE?
Al día de hoy los cheques son todavía muy utilizados para el pago de obligaciones con proveedores, acreedores u otro servicio adquirido por el contribuyente, así que cuando pasa que el cheque no ha sido cobrado en el ejercicio sino hasta tiempo después, surge la duda de que si es deducible en el ejercicio donde se provisiono el gasto o no. Para esto el siguiente articulo de la Ley del ISR nos dice:
Artículo 39 RLISR. Para los efectos del artículo 31, fracción IX, segundo párrafo de la Ley, se podrá efectuar la deducción de las erogaciones efectuadas con cheque, aun cuando hayan transcurrido más de cuatro meses entre la fecha consignada en la documentación comprobatoria que se haya expedido y la fecha en la que efectivamente se cobre dicho cheque, siempre que ambas fechas correspondan al mismo ejercicio.
Cuando el cheque se cobre en el ejercicio inmediato siguiente a aquel al que corresponda la documentación comprobatoria que se haya expedido, los contribuyentes podrán efectuar la deducción en el ejercicio en el que éste se cobre, siempre que entre la fecha consignada en la documentación comprobatoria y la fecha en que efectivamente se cobre el cheque no hayan transcurrido más de cuatro meses.
TRATANDOSE DE PAGOS ANTICIPADOS
Se deben de conciliar los pagos anticipados tales como las rentas anticipadas y primas de seguros y fianzas, ya que estan se van aplicando al resultado del ejercicio al momento que se obtiene el servicio o se aplica el beneficio.
CUANDO SE ACREDITA EL IVA?
En relación al acreditamiento del IVA, es importante mencionar que el artículo 5º. Fracción III de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) establece que para
que el IVA sea acreditable se requiere que el Impuesto al Valor Agregado trasladado al contribuyente haya sido efectivamente pagado.
REGLAS PARA LA DEDUCCIÓN DE INVERSIONES.
- Para el año de 2011 la deducción de inversiones en automóviles sólo serán deducibles hasta por un monto de $175,000.00 de conformidad con el artículo 42 fracción II de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
- La deducción inmediata de conformidad con el artículo 220 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se podrá aplicar en el ejercicio en el que se efectúe la inversión de los bienes nuevos de activo fijo, en el que se inicie su utilización o en el ejercicio siguiente.
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