Los 8 Casos mas comunes por los que llega un Requerimiento Fiscal del SAT

 

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) esta facultado para requerirnos en caso que cayéramos en algún supuesto ya sea de no presentación de declaraciones, pagos provisionales o por presentar información errónea estas son las mas comunes, pero también hay mas causas por las cuales puede requerirle al contribuyente y poder multar en dado caso de que no se aclare.

Así que antes de que se emita la multa puede aclararles que usted como contribuyente esta cumpliendo y echar para atrás dicho requerimiento, aquí les dejo algunas causas por las cuales el SAT requiere y las recomendaciones que se hacen si deseas aclarar y demostrar que no eres acreedor al requerimiento.

Primero que nada; Que es un requerimiento fiscal? Es el documento mediante el cual la autoridad fiscal solicita a los contribuyentes que cumplan con determinada obligación o, en su caso, que comprueben que ya lo hicieron.

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En qué casos se le puede enviar algún requerimiento:


  • 1.- Por no presentar declaraciones de una o más obligaciones o impuestos.

  • 2.- Por presentar declaraciones con errores u omisiones de datos.

  • 3.- Por no presentar solicitud de inscripción o los avisos de cambio de situación fiscal en el RFC o por presentarlos fuera de los plazos establecidos en las disposiciones fiscales.

  • 4.- Por tener créditos fiscales pendientes o adeudos por error aritmético en declaraciones.

  • 5.- Por tener créditos fiscales pendientes derivados de cheques recibidos en tiempo y no pagados.

  • 6.- Por tener créditos fiscales pendientes derivados de multas.

  • 7.- Por tener créditos fiscales pendientes derivados de actualización y recargos en créditos fiscales.

  • 8.- Por el pago total del crédito fiscal derivado del incumplimiento en el pago de parcialidades.

Qué debe hacer cuando le llegue un requerimiento

  • Si no ha cumplido con la obligación requerida, debe proceder a cumplirla.
  • En cuanto a la omisión de declaraciones, debe presentarlas debidamente y, en su caso, pagar las cantidades correspondientes.
  • Tratándose de requerimientos por presentar una declaración con errores u omisiones de datos, debe hacer una declaración complementaria donde los corrija.
  • Si el requerimiento se debe a que no presentó solicitud de inscripción o alguno de los avisos de cambio de situación fiscal en el RFC, debe presentarlo inmediatamente.
  • En todos los casos, el requerimiento indica el plazo para el cumplimiento de las obligaciones que se le hayan solicitado.

A dónde debe acudir y qué debe llevar para aclarar o solventar un requerimiento? También puede hacer la aclaración a través del Portal de Internet del SAT, en la sección Mi Portal, con su RFC y CIEC actualizada.

Debe acudir a la Administración Local de Servicios al Contribuyente que le corresponda de acuerdo con su domicilio fiscal (dentro del plazo señalado en el requerimiento) y llevar los documentos siguientes:

  • Original y copia del requerimiento.
  • Cuando no cuente con el requerimiento, debe presentar un escrito libre, por duplicado, en el que señale los motivos que dieron origen al mismo.
  • Si el requerimiento es por declaraciones omitidas o por presentar declaraciones con errores u omisiones de datos, además debe proporcionar, según sea el caso, lo siguiente:

– Original y copia de las declaraciones selladas por el banco.
– Si las presentó por Internet o banca electrónica, debe indicar los números de folio que le fueron asignados.
Si las presentó por medios electrónicos y los pagos los realizó en ventanilla bancaria, los acuses de recibo en original y copia.

  • Si el requerimiento se debe a que no presentó la solicitud de inscripción o algún aviso de cambio de situación fiscal en el RFC, o por presentarlos fuera de los plazos establecidos en las disposiciones fiscales, además debe proporcionar, original y copia de la solicitud de inscripción o del aviso de cambio de situación fiscal correspondiente.
  • Tratándose de créditos fiscales pendientes, además debe presentar original y copia de la forma oficial múltiple de pago (FMP-1), donde conste el pago del crédito o multa correspondiente
  • En el caso de requerimientos por cheques presentados en tiempo y no pagados, escrito libre y original de la documentación que acredite la existencia de fondos.
  • Tratándose del crédito fiscal total derivado del incumplimiento en el pago de parcialidades además presente:

– Escrito libre por duplicado que indique los motivos, por qué no procede.
– Originales y copias de los forma oficiales múltiples de pago (FMP-1) que comprueben que está al corriente de sus parcialidades o, en su caso, haber pagado la totalidad del crédito
fiscal (originales para cotejo).
– Original y copia del documento donde conste la aceptación de la garantía.

  • Si considera que el requerimiento es improcedente, debe presentar original y copia de la documentación que compruebe el motivo de dicha improcedencia. Los documentos originales que se solicitan son exclusivamente para cotejo y le serán devueltos en el momento.

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