Si tuvo una Venta de Casa Habitacion No Olvide informar al SAT

 

venta casa habitacionnNo olvide informar al SAT, si los ingresos por la venta de su casa habitación sumados a los demás ingresos que haya obtenido en 2011 son superiores a 500,000 pesos, no olvide que debe informarlo al Servicio de Administración Tributaria (SAT)a través de su Declaración Anual.

Ingresos exentos de impuestos
Los ingresos que obtenga por la venta de su casa habitación se encuentran exentos de los impuestos sobre la renta (ISR), empresarial a tasa única y al valor agregado.

Para efectos del ISR se encuentra exento el ingreso que obtenga por la venta de su casa habitación, siempre que no exceda de un millón quinientas mil unidades de inversión * y la operación se realice ante notario o fedatario público. Por el excedente se determinará, en su caso, la ganancia para calcular el pago provisional y el impuesto anual correspondiente.

* Esta limitante no es aplicable cuando el vendedor demuestre haber residido en su casa habitación durante los cinco años anteriores a la fecha de la venta.

El cálculo y el entero del impuesto que corresponda al pago provisional lo realizará el notario o fedatario público que formalice la operación.

La exención citada es aplicable siempre que durante los cinco años anteriores a la fecha de enajenación no haya vendido otra casa habitación por la que obtuviera la exención correspondiente, y además manifieste bajo protesta de decir verdad ante el notario público que formalice la operación que no vendió otra casa habitación durante ese periodo.

Cuándo, cómo y dónde debe informar
La información de los ingresos por la venta de su casa habitación, incluidos los demás ingresos que haya obtenido en 2011, cuando excedan de 500,000 pesos, se presenta durante el periodo de marzo a abril de 2012 a través del Portal de internet del SAT o en cualquier Módulo de Servicios Tributarios, utilizando los programas electrónicos DeclaraSAT o Declaración automática o, en su caso, el formato en papel vigente en 2012 correspondiente a la Declaración Anual de las personas físicas, el cual está a su disposición en el Portal de internet del SAT, con la funcionalidad de captura manual en computadora, en la siguiente ruta: Información y servicios: Formas fiscales:

Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR).
Para ello, capture la cantidad obtenida en el rubro Datos complementarios, sección Datos informativos obligatorios, campo Ingresos exentos por enajenación de casa habitación del contribuyente, de los programas DeclaraSAT o Declaración automática o, en su caso, en el formato en papel correspondiente.

La exención de los ingresos que obtenga por la venta de su casa habitación se pierde cuando los ingresos obtenidos excedan de 500,000 pesos y no se reporten en la Declaración Anual.

1 comentario en «Si tuvo una Venta de Casa Habitacion No Olvide informar al SAT»

  1. La exencion que se menciona es aplicable independientemente de lo que menciona el art. 154BIS de la LISR? El notario menciona que el impuesto se debe dividir el impuesto entre el correspondiente a la FEDERACION y a la ENTIDAD FEDERATIVA. Gracias

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