Que se presenta en un Dictamen Fiscal Simplificado SIPIAD 2010

 

agapeContribuyentes que tributen en el régimen simplificado obligados a dictaminar sus estados financieros que opten por no presentar el dictamen fiscal de estados financieros SIPIAD.

Deben tributar en el régimen simplificado las siguientes personas morales:

  • Las dedicadas exclusivamente al autotransporte terrestre de carga o de pasajeros,
  • Las que se dediquen exclusivamente a actividades:
    • Agrícolas,
    • Ganaderas,
    • Silvícolas o
    • Pesqueras,
  • Las constituidas como empresas integradoras.

Para los efectos del artículo 32-A del CFF los contribuyentes personas morales que para los efectos de la Ley del ISR, tributen en el Régimen Simplificado y las personas físicas dedicadas exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas o de autotransporte terrestre de carga o de pasajeros que se encuentren obligados a dictaminar sus estados financieros del ejercicio de 2010 y que opten por no presentar el dictamen de estados financieros, podrán estar a lo siguiente:

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Para la presentación del la información alternativa al dictamen fiscal del ejercicio de 2010, la información de los anexos siguientes, se integrará en base a cifras fiscales basadas en flujo de efectivo y deberá presentarse comparativamente, es decir, se presentará la información de los ejercicios fiscales de 2009 y 2010, lo anterior con la finalidad de que sea congruente con la utilidad o pérdida fiscal del ejercicio reflejada en el estado de resultados:

  • 2.- ESTADO DE RESULTADOS.
  • 5.- ANALISIS DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS.
  • 6.- ANALISIS DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS Y OTROS PRODUCTOS.

Los contribuyentes que se apeguen a lo establecido en el párrafo anterior, se encontrarán relevados de la obligación de presentar en el SIPIAD los anexos siguientes:

  • 1.- ESTADO DE POSICION FINANCIERA.
  • 3.- ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE.
  • 4.- ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO.
  • 14.- CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

RMF 2011 I.2.15.6.  CFF 32-A

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