El día de hoy 1ro de julio de 2011 se publico en el Diario Oficial de la federación la resolución miscelánea 2011, entre las cuales se encuentra la del Impuesto Empresarial a Tasa Única, IETU que al parecer no se eliminara; por lo tanto aquí les dejo los puntos de esta resolución:
Los contribuyentes ahora podrán hacer la Compensación de pagos provisionales de IETU contra ISR del ejercicio a pagar, los contribuyentes antes de efectuar el acreditamiento a que se refiere el tercer párrafo del artículo 8 LIETU, podrán compensar los pagos provisionales del IETU efectivamente pagados correspondientes al ejercicio fiscal de que se trate, contra el ISR propio que efectivamente se vaya a pagar correspondiente al mismo ejercicio, hasta por el monto de este último impuesto. En este caso, la compensación efectuada se considerará ISR propio efectivamente pagado.
Los contribuyentes que apliquen la opción a que se refiere el párrafo anterior, no podrán acreditar en los términos del artículo 8, tercer párrafo de la Ley del IETU, los pagos provisionales de dicho impuesto que hubieran compensado en los términos de esta regla ni solicitar su devolución. Asimismo,
Quedarán relevados de presentar el aviso de compensación que se señala en la regla II.2.2.6. Si se compensa Pagos Provisionales de IETU contra ISR que se vaya a pagar en el ejercicio
Compensación del IETU a favor contra impuestos federales
Si después de compensar contra el ISR propio del mismo ejercicio, subsistiere alguna diferencia, el contribuyente podrá compensar esta cantidad, contra las contribuciones federales a su cargo en los términos del artículo 23 del CFF, si derivado de lo anterior quedara remanente de saldo a favor se podrá solicitar en devolución.
ISR efectivamente pagado por acreditar
Para los efectos de los artículos 8 y 10 de la Ley del IETU, se considerarán como efectivamente pagados el ISR propio del ejercicio por acreditar y del pago provisional del ISR por acreditar, que se enteren simultáneamente con la declaración del ejercicio o con el pago provisional del IETU, según se trate.
Hasta aquí las nuevas resoluciones misceláneas para el IETU 2011 que considere importantes, poco a poco iremos desmenuzando a que se refiere cada una de las demás resoluciones.
Fuente: DOF
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Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.
Buen dia, una pregunta, ¿Y esta regla tambien aplica para Personas fisicas o solo para morales?
Aplica para las 2 personas ya que al momento de determinar saldo a favor de IETU lo aplica directamente contra ISR anual
Cuando en DeclaraSAT 2012 le digo que si quiero compensar el IETU a favor contra el ISR solo me llena la hoja de ayuda con la compensación, pero en la declaración sigue apareciendo IETU a favor e ISR en contra, que cambios debo hacer en DeclaraSAT?