Si eres Persona Física o Moral y estas obligado a presentar pagos provisionales de IVA, también debes de presentar la Declaración Informativa del Impuesto al Valor Agregado (Anexo 8), en el cual informaras el desglose de los pagos provisionales de IVA en 2011 y si tuviste saldos a favor cuanto fue que se acredito o se compenso del año.
– Obligados: Personas Físicas y Morales (Art. 32 LIVA)
– Fecha límite: 15 de febrero
– Forma de presentación: Por internet por medio del software proporcionado por el SAT a través de su página, sat.gob.mx
– Las personas físicas que no estén obligadas a presentar la “Declaración Informativa Múltiple” (DIM) o forma fiscal 30 deben presentar la información del IVA, en la declaración anual del impuesto sobre la renta, utilizando el anexo 5 de la forma fiscal 13 o bien, el Programa DeclaraSAT versión 2007, según se trate.
– ¿Qué se informa?: Es un resumen de las operaciones de todo el ejercicio respecto al IVA, la determinación del IVA Acreditable y Trasladado resultando IVA a cargo o a favor (de este último se informa si se acreditó, se compensó o se pidió en devolución).
– Cotejo con Pagos Definitivos: Realizar un cotejo con los pagos realizados de IVA con lo informado en este Anexo por cada mes, y si existen diferencias deberá realizarse complementarias dependiendo de cada caso.
Nuestra labor es compartir experiencia en el ámbito contable, fiscal y de seguridad social, con el fin de promover la Cultura Contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.
en el programa dim el importe de los actos y actividades no se encuentra el porcentaje del 16%
En efecto, es porque ya se cancela la obligación de presentarlo puedes buscar aquí mismo artículos relacionados con esa situación, saludos