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	<description>Sitio contable con información económico fiscal y de seguridad social</description>
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		<title>10 Puntos para Defender al Contribuyente ante una Reforma Fiscal &#8211; PRODECON</title>
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		<pubDate>Thu, 23 May 2013 03:42:33 +0000</pubDate>
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<p><img style="float: right; display: inline" align="right" src="http://contadormx.com/wp-content/uploads/2013/04/prodecon.jpg" title="10 Puntos para Defender al Contribuyente ante una Reforma Fiscal   PRODECON" alt="prodecon 10 Puntos para Defender al Contribuyente ante una Reforma Fiscal   PRODECON" />Las reformas fiscales traerán consigo una serie de cambios en los métodos de recaudación, su exigibilidad y la modificación de las obligaciones y derechos de los contribuyentes, por lo que la Procuraduría de la Defensa al Contribuyente (PRODECON) se dio a la tarea de enlistar los 10 Puntos que propone la PRODECON para la seguridad jurídica del empresario.</p>
<p>Los siguientes son los 10 puntos que proponen ante una inminente Reforma Fiscal este 2013 o 2014:</p>
<p><span id="more-14664"></span>
<ol>
<li>Los empresarios quieren cumplir con sus obligaciones fiscales. Por lo tanto, el sistema fiscal debe reconocer esta circunstancia, disminuyendo los costos del cumplimiento, generando un marco legal accesible y otorgando facilidades cuando ello sea necesario.
<li>Igualmente, los empresarios están dispuestos a corregirse cuando incurren en algún error. En estas circunstancias, no se les debe impedir arreglar su situación ante el fisco, ni el fisco debe poner trabas o efectuar distinciones que imposibiliten o simplemente generen incomodidades para quienes quieren ponerse al día.
<li>Los empresarios confían en México al invertir sus recursos en el país. Debe reconocerse, por ende, que la generación de ingresos tiene costos —salarios, inventarios, compra de activos— y que dichos costos deben descontarse de la base al momento de calcular el impuesto respectivo.
<li>Los distintos sectores y ramas de actividad empresarial enfrentan situaciones diversas y cambiantes; por lo tanto, no es deseable que sean juzgados con un único y exclusivo criterio. Frente a diferencias que se justifiquen en la lógica empresarial de su actividad, los empresarios tienen derecho a no ser sometidos a criterios estandarizados.
<li>Los empresarios son gente seria, dispuesta a cumplir. No pueden, por ende, ser tratados como presuntos evasores. Por lo tanto, medidas extraordinarias como la inmovilización de las cuentas bancarias no deben ser utilizadas en su contra de manera indiscriminada, o sin límites temporales o materiales.
<li>Debe permitirse que los empresarios revelen al SAT, en tiempo real, sus estrategias fiscales, a efecto de que dicha autoridad las valide, y se eviten graves contingencias para la empresa cuando al revisarla, se adopte un criterio diverso.
<li>Nuestro sistema fiscal contempla un exceso de formalismos. Debe reconocerse, por ende, que la omisión de requisitos de esta naturaleza no sean sancionados por la autoridad fiscal en forma desproporcionada, como puede ser la pérdida de un derecho de fondo.
<li>La Administración Tributaria debe de adoptar las mejores prácticas en todas sus actuaciones, como pueden ser las menos onerosas para el empresario.
<li>La ley debe de garantizar un trato igualitario a los empresarios, de forma tal que la autoridad fiscal no pueda, en forma discrecional, conceder prerrogativas en forma caprichosa y con ello, provocar se distorsione la competitividad.
<li>Debe combatirse de manera ecaz la evasión fiscal y el fraude a la ley en que incurren otros sujetos con actividad económica informal o incluso clandestina, para no generar competencia desleal con los empresarios formalmente establecidos.</li>
</ol>

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</ol></p>
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		<title>Que pasa si Presente mi Dictamen Fiscal Extemporáneo, es Valido para el SAT?</title>
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		<pubDate>Thu, 23 May 2013 03:28:05 +0000</pubDate>
		<dc:creator>ContadorMx</dc:creator>
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		<description><![CDATA[C.P.C. Pedro Carreón Sierra Vicepresidente de Fiscal del IMCP Socio de Impuestos y Servicios Legales PwC El plazo para presentar ante la autoridad fiscal los dictámenes de estados financieros ha sido objeto de diversas modificaciones, ya sea mediante reformas al Código Fiscal de la Federación (CFF) o mediante prórrogas oficiales o económicas. Además, resulta controversial [...]<div class='yarpp-related-rss'>

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<p align="right">C.P.C. Pedro Carreón Sierra<br />
Vicepresidente de Fiscal del IMCP<br />
Socio de Impuestos y Servicios Legales PwC</p>
<p>El plazo para presentar ante la autoridad fiscal los dictámenes de estados financieros ha sido objeto de diversas modificaciones, ya sea mediante reformas al Código Fiscal de la Federación (CFF) o mediante prórrogas oficiales o económicas. Además, resulta controversial el efecto que tiene la presentación extemporánea de esos dictámenes. De hecho, esto se ha dirimido en tribunales con resultados favorables al contribuyente y ha motivado reformas, tanto al Reglamento del Código Fiscal de la Federación (RCFF) como al propio CFF.</p>
<p>A continuación, expreso mis comentarios sobre la validez que tienen los dictámenes fiscales incluso cuando su presentación haya sido extemporánea. Disposiciones fiscales aplicables En relación con los dictámenes fiscales, el CFF y su Reglamento establecen lo siguiente:</p>
<ul>
<li>Obliga a determinados contribuyentes a dictaminar, para efectos fiscales y por Contador Público Autorizado, sus estados financieros. En general, esos dictámenes deben presentarse a más tardar el 30 de junio inmediato posterior al cierre del ejercicio que se trate (Art. 32-A del CFF).</li>
<li>Señala que la presentación extemporánea del dictamen elimina la posibilidad de concluir anticipadamente una visita domiciliaria (Art. 47 del CFF).</li>
<li>Establece una infracción por no presentar el dictamen fiscal o presentarlo fuera de los plazos previstos (Fracc. X del Art. 83 del CFF).</li>
<li>Establece el orden que debe seguir la autoridad fiscal al ejercer sus facultades de comprobación. También, contempla los casos en que ese orden no será aplicable, sin señalar el caso de la presentación extemporánea del dictamen (Art. 52-A del CFF).</li>
<li>Señala que se tendrán por no presentados los dictámenes extemporáneos (Art. 66 del RCFF).</li>
</ul>
<p><span id="more-14661"></span></p>
<p><strong>Antecedentes legislativos</strong><br />
En septiembre de 2011, el Ejecutivo Federal presentó una iniciativa de reformas al CFF en la que proponía, entre otras, adicionar al Art. 32-A un párrafo para no dar efectos fiscales a los dictámenes presentados extemporáneamente.</p>
<p>Esa propuesta de reforma no fue aprobada por el Congreso de la Unión, en su lugar, el poder legislativo adicionó al Art. 47 del CFF, la causal para no concluir anticipadamente una visita domiciliaria cuando el dictamen fuera presentado extemporáneamente.</p>
<p>Al respecto, el dictamen de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados señaló: …por lo que hace la presentación extemporánea del dictamen fiscal formulado por contador público registrado y la información relacionada con el mismo a que se refiere el Art. 32-A del Código en estudio, es más adecuado mantener el texto vigente, ya que la reforma planteada incorpora un elemento que puede dar lugar a incertidumbre jurídica, toda vez que pretende sancionar a quien presente el dictamen fiscal fuera del plazo, desconociendo su presentación, por lo que la que dictamina propone mantener el texto vigente&#8230;</p>
<p><strong>Comentarios</strong><br />
La autoridad reiteradamente ha pretendido desconocer la validez de los dictámenes, cuando se presenten extemporáneamente. Primero, con disposiciones reglamentarias declaradas o con visos violatorios a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; posteriormente, con iniciativas de reformas al CFF que fueron expresamente rechazadas por el Congreso de la Unión.</p>
<p>Precisamente, con base en el resultado del proceso legislativo a la iniciativa de reformas al CFF presentada por el Ejecutivo en septiembre de 2011, es factible concluir que lo dispuesto en el último párrafo del Art. 66 del RCFF, relativo a considerar no presentado un dictamen extemporáneo no puede ser aplicado por la autoridad, puesto que la reforma aprobada implicó su derogación tácita. Más aún, el objetivo de un reglamento es proveer, en la esfera administrativa, los lineamientos para la adecuada observancia de una ley, sin imponer sanciones o penas mayores a las que establecidas por las leyes, como sería desconocer un dictamen extemporáneo.</p>
<p>Desde luego, la autoridad podrá tener un criterio distinto al expresado en este artículo. De hecho, es notorio el deterioro que en los últimos años ha sufrido el estado de derecho de nuestro país, por lo que resulta urgente no solo modificar aquellas disposiciones reglamentarias contrarias a la legislación, como es el Art. 66 del RCFF, sino también que la autoridad no aplique sanciones mayores a las reguladas por la legislación aprobada por el Congreso de la Unión.</p>
<p>Fuente: <a href="http://issuu.com/revista_imcp/docs/revista_imcp_nov_2012/1#download" target="_blank">Revista Contaduría Publica</a></p>

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</ol></p>
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		<title>Guía SIPARE pagos del SUA &#8211; Sistema de Pago Referenciado del Cuotas del IMSS</title>
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		<pubDate>Wed, 22 May 2013 05:16:59 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[Como parte de los procesos de modernización y simplificación de tramites, el Instituto Mexicano del Seguro Social realizará la implementación de un procedimiento de pago que facilita a los patrones y o sujetos obligados a cubrir los importes de cuotas generadas por los diferentes seguros y ramos de aseguramiento, tanto del régimen régimen obligatorio obligatorio [...]<div class='yarpp-related-rss'>

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<p><img style="float: none; margin-left: auto; display: block; margin-right: auto" src="http://contadormx.com/wp-content/uploads/2012/11/SIPARE-IMSS.jpg" title="Guía SIPARE pagos del SUA   Sistema de Pago Referenciado del Cuotas del IMSS" alt="SIPARE IMSS Guía SIPARE pagos del SUA   Sistema de Pago Referenciado del Cuotas del IMSS" />Como parte de los procesos de modernización y simplificación de tramites, el Instituto Mexicano del Seguro Social realizará la implementación de un procedimiento de pago que facilita a los patrones y o sujetos obligados a cubrir los importes de cuotas generadas por los diferentes seguros y ramos de aseguramiento, tanto del régimen régimen obligatorio obligatorio como del régimen régimen voluntario voluntario.. Haciendo Haciendo uso de herramientas informáticas y de telecomunicaciones de vanguardia, seguras, de fácil acceso y uso.</p>
<h4 align="right">Con esta nueva herramienta, la información se podrá enviar <br />desde los primeros días del mes en que se deben pagar las <br />cuotas, aun cuando el pago se realice hasta la fecha límite de pago</h4>
<h2>Que es SIPARE?</h2>
<p>Es el sistema de pago referenciado, el cual toma como punto de inicio la emisión, con lo cual se les proporciona las propuestas de pago con la línea de captura <br />correspondiente, con esto los patrones y/o sujetos obligados, deciden hacer su pago en ventanilla bancaria o mediante la banca electrónica desde su propia oficina. Para el caso de no tener acceso a internet puede acudir a la subdelegación correspondiente para la generación de la propuesta de pago de referencia y después acudir a la sucursal bancaria de su preferencia</p>
<p><span id="more-14657"></span><br />
<h4>Objetivo</h4>
<p>El proyecto SIPARE tiene como objetivo crear un sistema informático que permita realizar a los patrones y/o sujetos obligados el pago de sus cuotas a través de internet o de las ventanillas bancarias, mediante la línea de captura generada por el proceso de la emisión, o por el propio SIPARE, en caso de que se haya modificado la propuesta original. Como resultado se habrán generado valores agregados que permitirán garantizar la integridad y confidencialidad de la información.</p>
<h4>Alcance</h4>
<p>La cobertura del sistema será nacional, ya que desde cualquier punto de la Republica Mexicana se tiene acceso al portal del IMSS y de ahí al SIPARE, a través del cual, se podrán generar las líneas de captura para todos los patrones y/o Sujetos obligados en todas las ramas de aseguramiento. Esta línea de captura será reconocida y aceptada en cualquier entidad receptora autorizada, ya sea en ventanilla o a través de la banca electrónica.</p>
<p>Los patrones contarán con un sistema confiable, donde podrán validar sus archivos de pago, obtener y consultar sus líneas de captura emitidas y pagadas, así como realizar todos los procesos referentes al pago de obligaciones desde sus oficinas a través de internet </p>
<p><br />
<h3 align="center">USO SISTEMA DE PAGO REFERENCIADO (SIPARE)</h3>
<p><a href="http://contadormx.com/wp-content/uploads/2013/05/SIPARE-EMA-EBA-SUA.jpg"><img title="SIPARE EMA EBA SUA" style="border-left-width: 0px; border-right-width: 0px; background-image: none; border-bottom-width: 0px; float: none; padding-top: 0px; padding-left: 0px; margin-left: auto; display: block; padding-right: 0px; border-top-width: 0px; margin-right: auto" border="0" alt="SIPARE EMA EBA SUA thumb Guía SIPARE pagos del SUA   Sistema de Pago Referenciado del Cuotas del IMSS" src="http://contadormx.com/wp-content/uploads/2013/05/SIPARE-EMA-EBA-SUA_thumb.jpg" width="300" height="148" /></a>El proceso inicia cuando a partir de la información contenida en la base de datos de SINDO, el sistema de emisiones realiza la extracción de la información de un periodo específico, y realiza el cálculo de cuotas Obrero Patronales a través de lo cual obtiene las propuestas de pago, las cuales dependen de las modalidades del asegurado.</p>
<p>La propuesta de pago se emite para cada patrón y contiene 4 áreas de información con los cálculos acumulados de todos los empleados del patrón.</p>
<ol>
<li>La primera contiene la información de identificación del patrón como se registró en la BD del instituto.
<li>La segunda contiene la información general de la propuesta de pago.
<li>La tercera detalla los importes calculados.
<li>Por último ya integrado al formato, un elemento muy importante que es la línea de captura, la cual se utilizará para realizar los pagos y consultas de las obligaciones de los patrones, así mismo será el identificador de cada una de las obligaciones contraídas por el patrón.</li>
</ol>
<p><a href="http://contadormx.com/wp-content/uploads/2013/05/SIPARE-propuesta-de-pago-SUA-IMSS.jpg"><img title="SIPARE propuesta de pago SUA IMSS" style="border-left-width: 0px; border-right-width: 0px; background-image: none; border-bottom-width: 0px; float: none; padding-top: 0px; padding-left: 0px; margin-left: auto; display: block; padding-right: 0px; border-top-width: 0px; margin-right: auto" border="0" alt="SIPARE propuesta de pago SUA IMSS thumb Guía SIPARE pagos del SUA   Sistema de Pago Referenciado del Cuotas del IMSS" src="http://contadormx.com/wp-content/uploads/2013/05/SIPARE-propuesta-de-pago-SUA-IMSS_thumb.jpg" width="350" height="410" /></a></p>
<p>Una vez realizados los cálculos en el sistema de emisiones, se envía la información correspondiente al sistema SIPARE, se envían las cuentas por cobrar para el registro de pago de patrones. SIPARE efectúa la validación de la información recibida, en el caso de que se encuentren inconsistencias estas son remitidas al sistema de emisiones para su corrección. La información de las propuesta de pago quedarán integradas en la base de datos del SIPARE.</p>
<p>Después le enviaran la línea de captura:</p>
<p><a href="http://contadormx.com/wp-content/uploads/2013/05/SIPARE-referencia-pago.jpg"><img title="SIPARE referencia pago" style="border-left-width: 0px; border-right-width: 0px; background-image: none; border-bottom-width: 0px; float: none; padding-top: 0px; padding-left: 0px; margin-left: auto; display: block; padding-right: 0px; border-top-width: 0px; margin-right: auto" border="0" alt="SIPARE referencia pago thumb Guía SIPARE pagos del SUA   Sistema de Pago Referenciado del Cuotas del IMSS" src="http://contadormx.com/wp-content/uploads/2013/05/SIPARE-referencia-pago_thumb.jpg" width="600" height="44" /></a></p>
<p>Estas líneas de captura serán utilizadas por las entidades receptoras para realizar la identificación y validación correspondiente al momento del pago. Una vez que el patrón cuenta con el documento que contiene la línea de captura en el formato establecido por el instituto, podrá realizar el pago correspondiente en la ventanilla de cualquiera de las entidades receptoras; si el patrón así lo prefiere, podrá realizar su pago en el portal de la entidad receptora de su preferencia con solo proporcionar la línea de captura otorgada por el instituto.</p>
<p>Para acceder al servicio que proporciona el IMSS lo puedes hacer desde el siguiente enlace (aun en construcción 22-05-2013):<strong> </strong><a href="http://www.imss.gob.mx/patrones/sipare/Pages/default.aspx" target="_blank"><strong>SIPARE IMSS</strong></a></p>
<h2>Beneficios de usar el Sistema de Pagos Referenciados del IMSS (SIPARE)</h2>
<p>Los beneficios que se mencionan de manera general derivados de la implementación del proyecto son:</p>
<ul>
<li>Optimizar la operación de las áreas de incorporación, recaudación y fiscalización entre otras.
<li>Aumentar las facilidades para el cumplimiento de las obligaciones obrero patronales.
<li>Contar con servicios en línea para facilitar trámites que ofrece la DIR.
<li>Proporcionar a los patrones servicios en línea como pagos de cuotas IMSS, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV) e INFONAVIT, obtener estados de cuenta oportunos, realizar aclaraciones, etc.
<li>Mejorar el control de las operaciones del Instituto y hacer eficientes sus procesos administrativos y operativos.
<li>Facilitar a los patrones actualizar los movimientos, acotar significativamente los tiempos de gestión y reducir los costos derivados de la operación.</li>
</ul>

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</ol></p>
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		<title>Que es la Armonización Contable en el Gobierno y como implementarla</title>
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		<pubDate>Wed, 22 May 2013 04:21:05 +0000</pubDate>
		<dc:creator>ContadorMx</dc:creator>
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<p><a href="http://contadormx.com/wp-content/uploads/2013/05/armonizacion-contable-CONAC.jpg"><img title="armonizacion contable CONAC" style="border-left-width: 0px; border-right-width: 0px; background-image: none; border-bottom-width: 0px; float: none; padding-top: 0px; padding-left: 0px; margin-left: auto; display: block; padding-right: 0px; border-top-width: 0px; margin-right: auto" border="0" alt="armonizacion contable CONAC thumb Que es la Armonización Contable en el Gobierno y como implementarla" src="http://contadormx.com/wp-content/uploads/2013/05/armonizacion-contable-CONAC_thumb.jpg" width="350" height="189" /></a>Armonización Contable se refiere a la obligatoriedad que tienen las entidades de gobierno en México para contabilizar y emitir información financiera conforme a la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), de tal forma que pueda ser consolidada, comparada e interpretada bajo criterios homogéneos. La LGCG es de observancia obligatoria para los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación, entidades federativas; los ayuntamientos de los municipios; los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; las entidades de la administración pública paraestatal, ya sean federales, estatales o municipales y los órganos autónomos federales y estatales.</p>
<blockquote><p><strong>Artículo 4. LGCG- Para efectos de esta Ley se entenderá por:</strong><br />I. Armonización: la revisión, reestructuración y compatibilización de los modelos contables vigentes a nivel nacional, a partir de la adecuación y fortalecimiento de las disposiciones jurídicas que las rigen, de los procedimientos para el registro de las operaciones, de la información que deben generar los sistemas de contabilidad gubernamental, y de las características y contenido de los principales informes de rendición de cuentas;</p>
</blockquote>
<p>Armonización Contable no significa solamente un cambio en códigos y estructuras para igualar características o datos financieros, sino la transformación de procesos institucionales que permitan tener una contabilidad nacional. Dicha transformación requiere de un enfoque de solución integral que atienda los distintos componentes de la armonización en cada institución, de tal forma que se integre adecuadamente al nuevo modelo armonizado a nivel nacional.</p>
<p><span id="more-14648"></span>
<p>Con base en la Normativa y en nuestro marco metodológico que cubre las dimensiones de procesos, gente y tecnología, el enfoque de solución de Deloitte para la transformación de las instituciones hacia los nuevos modelos para armonización contable contempla los siguientes pasos:</p>
<p>•&nbsp;&nbsp;&nbsp; Evaluarlos procesos operativos, financieros y administrativos<br />•&nbsp;&nbsp;&nbsp; Medir el nivel de madurez con respecto al cumplimiento de la Ley<br />•&nbsp;&nbsp;&nbsp; Establecer las fases para cubrir con lo que marca la Ley como obligatorio y determinar los siguientes pasos o fases<br />•&nbsp;&nbsp;&nbsp; Estructurar y diseñar el Modelo Contable Gubernamental Armonizado<br />•&nbsp;&nbsp;&nbsp; Establecer herramientas tecnológicas para el registro contable<br />•&nbsp;&nbsp;&nbsp; Estandarizar la generación de informes presupuestarios, financieros y patrimoniales<br />•&nbsp;&nbsp;&nbsp; Generar los manuales para el registro de las operaciones</p>
<p>
<p>El principal desafío que enfrentan los gobiernos del país con relación a la LGCG, será el cumplir con los requerimientos eficaz y eficientemente; frente a este escenario, los gobiernos deberán contar con nuevas tecnologías, particularmente con sistemas robustos de información tales como “Government Resource Planning” (GRP), este tipo de sistemas se ha convertido en pilares que brindan soporte y estabilidad a cientos de gobiernos alrededor del mundo. </p>
<p>Sin duda alguna la implementación de la LGCG no es una tarea sencilla, ya que sus acciones implican afrontar diversos paradigmas y retos que están presentes en el sector gubernamental de nuestro país. La Armonización no es un asunto contable, sino que va mucho más allá, buscando una real transformación de la gestión y requerirá de una inversión económica, esfuerzos relacionados con normatividad, procesos administrativos, tecnología, capital humano, administración del cambio, así como la coordinación entre los diferentes órdenes de gobierno, funciones y personal involucrado. </p>
<p>Es necesario concientizar a los entes públicos de la obligatoriedad, necesidad e importancia de concluir los esfuerzos o incluso empezar a trabajar cuanto antes cumpliendo con los procesos de seguimiento y aplicación de las normas contenidas en la LGCG y que éstas sean atendidas a fin de evitar las sanciones que se impondrán en caso de que se incumpla lo dispuesto.</p>
<p>Por lo tanto, desde nuestro punto de vista,será necesario que los entes públicos planeen actividades para cumplir en los tiempos requeridos las iniciativas que contiene la Ley General de Contabilidad Gubernamental logrando:</p>
<ol>
<li>Llevar a cabo un análisis de los procesos operativos, financieros y administrativos para identificar las brechas entre la situación actual y el estado deseado para cumplir con los requerimientos.
<li>Análisis del marco legal y normativo para llevar a cabo las reformas que contemplen los cambios necesarios para cumplir con la LGCG.
<li>Estructuración y diseño del Modelo Contable Gubernamental Armonizado.
<li>Transición a una contabilidad acumulativa-mixta, en la que los ingresos se reconocen cuando se reciben en efectivo y los gastos cuando se devengan.
<li>Conformación de un marco técnico único, utilizado para integrar los documentos de soporte del Modelo: catálogo maestro de contabilidad armonizado, <br />instructivo y guías contabilizadoras, así como el Manual de Contabilidad Gubernamental.
<li>Desarrollar, integrar e implementar herramientas informáticas robustas que soporten el marco técnico-contable y faciliten el cumplimiento normativo, acordes con las circunstancias de cada nivel de la Administración Pública.
<li>Uniformar los criterios para el registro de operaciones y adopción de los principios básicos de contabilidad gubernamental y estándares internacionales(NIFSP).
<li>Establecimiento de criterios únicos para proveer uniformidad en el registro contable, así como en las cuentas públicas (estructuras, contenidos, alcances y oportunidad) que contribuyan a la transparencia y rendición de cuentas.
<li>Estandarización en la generación de informes presupuestarios, financieros y patrimoniales, respecto a contenido, estructura, desagregación y oportunidad para mejorar la gestión gubernamental.
<li>Fortalecimiento de la planeación, ejecución, control, evaluación y fiscalización de los recursos con que cuenta la Administración Pública.</li>
</ol>
<p>Fuente: Deloitte</p>

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		<title>Obligación cambiar de CFD a CFDI en 2013 ? &#8211; Rumores sobre Facturación Electronica del SAT</title>
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		<pubDate>Wed, 22 May 2013 03:46:53 +0000</pubDate>
		<dc:creator>ContadorMx</dc:creator>
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<p>En un artículo publicado en el diario <strong>Reforma</strong> el día de hoy (<a href="http://www.negociosreforma.com/aplicaciones/articulo/default.aspx?Id=60471&amp;v=4" target="_blank">Aceleran la Facturación Digital</a>, escrito por Gonzalo Soto) indica al autor del artículo que <strong>Pablo Acevedo</strong>, director general de Ekomercio le comentó que <strong>Fernando Martínez Coss </strong>(administrador central de servicios tributarios del SAT) en un foro sobre el tema mencionó que se tienen que migrar a CFDI en lo que queda del año o a más tardar en mayo de 2013, y que los contribuyentes que ya estaban en el esquema de CFD tendrán un año para realizar el cambio y adecuar sus sistemas para transitar a los comprobantes fiscales digitales por Internet.</p>
<p>“Justamente en ese escenario, Fernando Martínez Coss nos indicó que se habían comprometido a que todos los cambios se les diera tiempo al contribuyente de realizarlos y habían ofrecido un año para que se pudieran mover de uno u otro modelo. “Por lo tanto, sí habló de que mayo de 2013 sería la fecha en la que el modelo CFD terminará para que todos los contribuyentes se movieran a CFDI”. </p>
<p><span id="more-14644"></span><br />
<h2>Terminación de la facilidad de comprobación CFD</h2>
<p>Se dice que &#8220;Que cuando el rio suena es que agua lleva&#8221;, hoy la industria de factura electrónica en México, se encuentra a la expectativa sobre cualquier pronunciamiento del SAT, respecto a la terminación de la facilidad de comprobación CFD.<br />
<blockquote>
<p>SI, lo que ya sabemos todos es: La factura electrónica es sinónimo de CFDI o mas conocido como &#8220;Comprobante Fiscal Digital por Internet&#8221;, ya que oficialmente el SAT lo ha manifestado como tal.</p>
</blockquote>
<p>Algunos hechos que se han venido dando es que ya no es posible adoptar el modelo CFD, es por ello que se dice es una &#8220;FACILIDAD&#8221; para quienes se benefician con el. <br />
<h3>Pistas del supuesto Cambio de CFD a CFDI</h3>
<ul>
<li>El SAT a partir de Mayo del 2013 se ha dado a la tarea de iniciar moderadamente en las redes sociales una campaña permanente sobre la adopción de CFDI.
<li>Es una realidad que el SAT llevara a todos a un mismo esquema de comprobación y este es CFDI.</li>
</ul>
<p>Es por ello que la industria de la factura electrónica 66 PAC, están listos para incluir a los contribuyentes al nuevo esquema de comprobación CFDI.&nbsp;
<p>Según históricos el mes de Mayo 2013, podría ser una posible fecha para que las autoridades como el SAT publiquen la terminación de la &#8220;FACILIDAD&#8221;, evidentemente dando una prorroga de tiempo limite, que no supere el 2013.
<p>Si este fuera el supuesto, un promedio de 222,608 contribuyentes actualmente en CFD (Estadística de Marzo según SAT) a partir del primer minuto del 2014 deberán emitir CFDI. Esto implica que las empresas se acerquen a un Proveedor Autorizado de Certificación, establezcan una tarifa de timbrado adecuada de acuerdo al volumen de facturación.
<p>Mientras esto sucede, los PAC están en una fase pasiva que involucra costos muy altos, en el mantenimiento de sus centro de datos, creciendo sus tecnologías y preparando el terreno para poder sostener alta volumetría de los futuros contribuyentes en dicho esquema de comprobación fiscal.
<p>Algo es cierto, va a suceder y sucederá.
<p>Fuentes: Diario Reforma y EdifactMx</p>
<p> <center>
<div id="attachment_7913" class="wp-caption aligncenter" style="width: 450px"><a href="http://facturar-en-linea.com/" target="_blank"><img title="factura CFDI FEL" class="size-full wp-image-7913" alt="FEL 10 cfdi gratis Obligación cambiar de CFD a CFDI en 2013 ?   Rumores sobre Facturación Electronica del SAT" src="http://contadormx.com/wp-content/uploads/2013/04/FEL-10-cfdi-gratis.jpg" width="450" height="104" /></a>
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</div>
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		<pubDate>Tue, 21 May 2013 05:17:34 +0000</pubDate>
		<dc:creator>ContadorMx</dc:creator>
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<p align="justify"><img style="float: right; margin: 0px 0px 0px 11px; display: inline" align="right" src="http://contadormx.com/wp-content/uploads/2011/11/FALLECIDO-INFONAVIT-CASA-DINERO_thumb.jpg" width="240" height="183" title="Calculo de Préstamo Hipotecario con Apoyo Infonavit o solo con Banco o Sofol   Aspectos Básicos" alt="FALLECIDO INFONAVIT CASA DINERO thumb Calculo de Préstamo Hipotecario con Apoyo Infonavit o solo con Banco o Sofol   Aspectos Básicos" />Hoy en día es difícil elegir entre un banco u otro para la obtención de un crédito de cualquier índole y sobre todo un crédito hipotecario, el cual es a largo plazo y es muy difícil cambiar los términos y condiciones del mismo. Para esto le traemos una recopilación de lo que debe de saber respecto a la solicitud de un crédito hipotecario con Apoyo Infonavit y sin el, también el simulador de créditos hipotecarios y sobre todo dándole a conocer los términos con los que se deberá de familiarizar al obtener un crédito.&nbsp; </p>
<p><strong>RECOMENDACIONES PARA <font color="#0000ff">ANTES</font> DE CONTRATAR SU CRÉDITO</strong>
<ul>
<li>Compare los esquemas que ofrecen los bancos o las Sofoles. Para ello puede consultar este simulador;
<li>Ponga especial atención al tipo y magnitud de tasa de interés (fija, variable o mixta) con la que se calcula el esquema de financiamiento;
<li>Pregunte por las limitantes del contrato de crédito, como pueden ser: el no arrendar el inmueble durante la vigencia del crédito, cesión de derechos, importe final del crédito después de comisiones, entre otras;
<li>Solicite un esquema de pago a la institución y compárelo con el SIMULADOR DE CRÉDITO HIPOTECARIO DE LA CONDUSEF, es su derecho;
<li>Verifique su capacidad de pago, recuerde que su compromiso es a largo plazo. Pregunte qué pasa si se atrasa en los pagos;
<li>Antes de formalizar, solicite a la institución una copia del contrato de apertura de crédito con garantía hipotecaria, analícelo, y si lo considera necesario, busque asesoría;
<li>Verifique los términos y condiciones generales de las pólizas de seguros de vida, daños y cobertura. Solicite su certificado individual;
<li>No se quede con dudas PREGUNTE, es su derecho;
<li>Verifique que su contrato contenga lo mismo que le ofrecieron en el plan promocional.</li>
</ul>
<p><span id="more-14642"></span>
<p><strong>RECOMENDACIONES PARA <font color="#ff0000">DESPUÉS</font> DE CONTRATAR SU CRÉDITO</strong> </p>
<ul>
<li>Para evitar problemas <strong>pague oportunamente</strong>, ya que los <strong>intereses moratorios</strong> suelen ser elevados;
<li>Si contrató un crédito con tasa variable, deberá estar pendiente del comportamiento de la tasa de referencia y, por lo tanto, de la actualización del esquema de pagos conforme dicha tasa;
<li>Si se le presentan problemas económicos informe al banco o Sofol</li>
</ul>
<h4>ACCEDE A LOS SIMULADORES:</h4>
<p>Si vas a adquirir una vivienda y quieres conocer la opción más barata en cuanto a:
<ul>
<li>Desembolso Inicial
<li>Pago Mensual
<li>Ingresos a Comprobar
<li>Pago Total
<li>Tasa
<li>Apoyo Infonavit
<li>Cat </li>
</ul>
<p>Para acceder a los simuladores lo puedes hacer desde los siguientes enlaces:
<ul>
<li><a href="http://e-portalif.condusef.gob.mx/condusefhipotecario_infonavit/datos.php" target="_blank">Simulador de Crédito con Apoyo Infonavit</a>
<li><a href="http://e-portalif.condusef.gob.mx/condusefhipotecario/datos.php" target="_blank">Simulador de Crédito Hipotecario</a></li>
</ul>
<p>
<p><strong>CULTURA GENERAL Y ASPECTOS IMPORTANTES DEL CREDITO HIPOTECARIO</strong>
<p>Es importante que antes de decidir qué opción va a tomar se familiarice con los siguientes conceptos para comprender los esquemas hipotecarios, ya que éstos constituyen un compromiso a largo plazo. A continuación se presentan las definiciones generales de los conceptos básicos que usted encontrará con mayor frecuencia al abordar este tema:
<ul>
<li><strong>AFORO</strong>, el monto máximo del crédito expresado en porcentaje, respecto del valor que resulte menor entre el avalúo del bien o bienes dados en garantía y el precio pactado en el contrato de compraventa de tales bienes;
<li><strong>CERTIFICADO INDIVIDUAL</strong>. Documento que emite una aseguradora con relación a una póliza de seguro que comprende a una colectividad. Está asociado generalmente a un conjunto habitacional. Por ejemplo, seguro colectivo de deudores que firmaron un crédito hipotecario en determinada fecha. Como el contratante es la institución de crédito, que a la vez es el beneficiario de la póliza, la aseguradora emite un documento denominado certificado individual en el que constan las condiciones generales de la póliza y con el que el acreditado demuestra su calidad de asegurado;
<li><strong>COMISIÓN POR APERTURA</strong>. Pago que se debe efectuar por el hecho de contratar un crédito. Es determinado como un porcentaje del monto del crédito y generalmente se trata de un pago único;
<li><strong>COSTO ANUAL TOTAL (CAT</strong>). Valor expresado en porcentaje, de la totalidad de costos y gastos en que incurrirá el usuario por la contratación de un crédito con determinada institución. Este costo será mayor a la tasa de interés nominal que cobra el banco o la Sofol, ya que incluye:<br />&gt; Intereses ordinarios;<br />&gt; Comisión por apertura y/o administración;<br />&gt; Primas de seguros;<br />&gt; Cobertura de crédito.<br />No incluye:<br />&gt; Gastos notariales;<br />&gt;Impuestos por adquisición del inmueble o constitución de la garantía;<br />&gt; Costos por trámites y servicios prestados por terceros.</li>
</ul>
<blockquote><p>El CAT permite conocer a lo largo del tiempo qué crédito es más o menos caro en condiciones similares;</p>
</blockquote>
<ul>
<li><strong>DENOMINACIÓN DEL CRÉDITO</strong>. Unidad de valor en la que se otorgará el crédito: pesos, dólares, Unidades de Inversión (UDI’s);
<li><strong>ENGANCHE</strong>. Desembolso inicial con el que se pretende asegurar una operación de compra-venta. Suele ser una proporción del valor del inmueble que va de un 10 al 35%;
<li><strong>ESCRITURACIÓN</strong>. Importe de los pagos notariales, es decir por poner el inmueble a nombre de quien contrajo el crédito;
<li><strong>GASTOS DE AVALÚO</strong>. Desembolso previo que debe efectuar el interesado en adquirir un bien inmueble, por concepto de honorarios de un perito valuador, quien determinará el valor físico, rentable y comercial del inmueble;
<li><strong>GASTOS DE INVESTIGACIÓN</strong>. Importe correspondiente al costo de la investigación de datos generales y de antecedentes crediticios del solicitante;
<li><strong>GASTOS NOTARIALES</strong>. Importe que se cubre al momento de la firma de la compraventa del inmueble. Incluye los honorarios del notario público que elabora la escritura, impuestos de adquisición, gestoría de certificados y gastos en el Registro Público de la Propiedad. Este importe depende del valor y el lugar donde se localiza el inmueble;
<li><strong>MONTO FINANCIABLE</strong>. Proporción del valor del inmueble que será financiada por la institución bancaria o Sofol seleccionada;
<li><strong>OFERTA VINCULANTE</strong>. Es un documento que emite la institución en el que establece los términos y condiciones específicos mediante los cuales se obliga a otorgar al solicitante, por un determinado periodo de tiempo (vigencia de la oferta vinculante), el crédito para la vivienda;
<li><strong>OTROS GASTOS</strong>. Abarcan, fundamentalmente la contratación del seguro de vida y del seguro de daños durante la vigencia del crédito, lo cual siempre es obligatorio en beneficio suyo y de sus familiares;
<li><strong>PENALIZACIÓN POR PAGO ANTICIPADO</strong>. Es la comisión que algunas instituciones cobran cuando se realiza anticipadamente el pago de alguna mensualidad o se liquida el crédito en su totalidad;
<li><strong>PLAZO</strong>. Número de años en los que se pagará el crédito;
<li><strong>PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO</strong>. Documento en el que constan los derechos y las obligaciones de las partes contratantes. Ésta forma parte integrante del contrato, así como sus condiciones generales, particulares y especiales, el cuestionario médico, los certificados individuales de seguros colectivos, los endosos, las solicitudes y cualquier otro formulario;
<li><strong>TASA DE INTERÉS</strong>. Costo que tendrá el crédito, expresado en porcentaje;
<li><strong>TASA DE INTERES MORATORIA</strong>. Cargo aplicado por la institución por concepto de pagos vencidos, esto es, cuando se atrasa en sus pagos. Se expresa en porcentaje;
<li><strong>TIPO DE INTERÉS</strong>. Fijo, variable o mixto;
<li><strong>VALOR DEL INMUEBLE</strong>. Se refiere a su precio.</li>
</ul>
<p>Fuente: Condusef</p>

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		<title>Plan Nacional de Desarrollo 2013 &#8211; 2018 en México publicado en el diario Oficial de la Federación</title>
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		<pubDate>Tue, 21 May 2013 01:46:24 +0000</pubDate>
		<dc:creator>ContadorMx</dc:creator>
				<category><![CDATA[Cultura General]]></category>
		<category><![CDATA[Economia]]></category>
		<category><![CDATA[bajar el plan nacional de desarrollo]]></category>
		<category><![CDATA[Descargar plan nacional de desarrollo]]></category>
		<category><![CDATA[plan nacional de desarrollo]]></category>
		<category><![CDATA[plan nacional de desarrollo 2013]]></category>

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		<description><![CDATA[El día de hoy 20 de Mayo de 2013 se publico en el diario oficial de la federación el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, el cual nos habla que los objetivos, metas, estrategias y prioridades contenidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, regirán la actuación de las dependencias y entidades de la Administración Pública [...]<div class='yarpp-related-rss'>

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<p><a href="http://contadormx.com/wp-content/uploads/2013/05/plan-nacional-de-desarrollo.jpg"><img title="plan nacional de desarrollo" style="border-left-width: 0px; border-right-width: 0px; background-image: none; border-bottom-width: 0px; float: none; padding-top: 0px; padding-left: 0px; margin-left: auto; display: block; padding-right: 0px; border-top-width: 0px; margin-right: auto" border="0" alt="plan nacional de desarrollo thumb Plan Nacional de Desarrollo 2013   2018 en México publicado en el diario Oficial de la Federación" src="http://contadormx.com/wp-content/uploads/2013/05/plan-nacional-de-desarrollo_thumb.jpg" width="284" height="128" /></a>El día de hoy 20 de Mayo de 2013 se publico en el diario oficial de la federación el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, el cual nos habla que los objetivos, metas, estrategias y prioridades contenidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, regirán la actuación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Que las dependencias deberán llevar a cabo las acciones necesarias, en los términos de la Ley de Planeación, a efecto de someter oportunamente a la consideración y aprobación del Presidente de la República los programas sectoriales, regionales y especiales, y estar en posibilidad de publicarlos en el Diario Oficial de la Federación en los plazos siguientes:
<ul>
<li>I. Los programas especiales referentes a las estrategias transversales establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo2013-2018, a más tardar el último día hábil de agosto de 2013;
<li>II. Los programas sectoriales, a más tardar el 16 de diciembre de 2013, y
<li>III. Los programas regionales y especiales, a más tardar el último día hábil de abril de 2014.</li>
</ul>
<p><br />
<h2>En si que es el Plan nacional de Desarrollo 2013 &#8211; 2018?</h2>
<p><span id="more-14639"></span>
<p>En resumen, el Plan Nacional de Desarrollo considera que la tarea del desarrollo y del crecimiento corresponde a todos los actores, todos los sectores y todas las personas del país. El desarrollo no es deber de un solo actor, ni siquiera de uno tan central como lo es el Estado. El crecimiento y el desarrollo surgen de abajo hacia arriba, cuando cada persona, cada empresa y cada actor de nuestra sociedad son capaces de lograr su mayor contribución. Así, el Plan expone la ruta que el Gobierno de la República se ha trazado para contribuir, de manera más eficaz, a que todos juntos podamos lograr que México alcance su máximo potencial. Para lograr lo anterior, se establecen como Metas Nacionales: un México en Paz, un México Incluyente, un México con Educación de Calidad, un México Próspero y un México con Responsabilidad Global. Asimismo, se presentan Estrategias Transversales para Democratizar la Productividad, para alcanzar un Gobierno Cercano y Moderno, y para tener una Perspectiva de Género en todos los programas de la Administración Pública Federal.
<p>El resto de este capítulo ofrece una reflexión acerca de las fuentes del desarrollo y articula la estrategia gubernamental para alcanzar las grandes Metas Nacionales. Los cinco capítulos siguientes, uno por cada Meta Nacional, describen los retos que enfrenta el país en cada sector y establecen un plan de acción con objetivos específicos para resolverlos. El Capítulo VI detalla puntualmente una serie de estrategias y líneas de acción para alcanzar cada objetivo. A efecto de dar seguimiento al cumplimiento de las Metas Nacionales de una manera precisa, el Capítulo VII establece indicadores claros, transparentes y objetivos. Éstos también servirán a la ciudadanía como una herramienta para dar seguimiento al desempeño de la presente Administración. Finalmente, el Capítulo VIII instruye a las dependencias federales los pasos a seguir para la implementación del Plan Nacional de Desarrollo a través de los Programas Sectoriales, Institucionales, Regionales y Especiales.
<p>A continuacion les dejamos el video donde nos habla de este proyecto nacional:</p>
<div id="scid:5737277B-5D6D-4f48-ABFC-DD9C333F4C5D:e3f26d51-62c4-42f1-8154-5c74019f3298" class="wlWriterEditableSmartContent" style="float: none; padding-bottom: 0px; padding-top: 0px; padding-left: 0px; margin-left: auto; display: block; padding-right: 0px; width: 560px; margin-right: auto">
<div><object width="560" height="315"><param name="movie" value="http://www.youtube.com/v/Nm8xY1zvWwk?hl=en&amp;hd=1"></param><embed src="http://www.youtube.com/v/Nm8xY1zvWwk?hl=en&amp;hd=1" type="application/x-shockwave-flash" width="560" height="315"></embed></object></div>
</div>
<p align="center">&nbsp;</p>
<p>Para descargar este plan lo puedes hacer desde el siguiente enlace: <a href="http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5299465&amp;fecha=20/05/2013" target="_blank">Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018</a></p>
<p>Fuente: <a href="http://dof.gob.mx/" target="_blank">DOF</a></p>

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</ol></p>
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		</item>
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		<title>Cursos Presenciales Gratis &#8211; Festejo del Día del Contador 24 y 25 de Mayo 2013</title>
		<link>http://contadormx.com/2013/05/19/cursos-presenciales-gratis-festejo-del-dia-del-contador-24-y-25-de-mayo-2013/</link>
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		<pubDate>Mon, 20 May 2013 04:30:51 +0000</pubDate>
		<dc:creator>ContadorMx</dc:creator>
				<category><![CDATA[Uncategorized]]></category>

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		<description><![CDATA[Tenemos el gusto de apoyar en la realización del siguiente evento auspiciado por el blog elconta.com que a lo largo de la semana les iremos dando mas detalles y sobre todo invitandolos cordialmente a que se unan a este festejo ya sea para aprovechar alguno de los cursos gratuitos que se darán y sobre todo para convivir en este día tan especial para [...]<div class='yarpp-related-rss'>

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<div id="attachment_19212" class="wp-caption aligncenter" style="width: 470px"><img class="size-full wp-image-19212" alt="00.diadelcontador Cursos Presenciales Gratis   Festejo del Día del Contador 24 y 25 de Mayo 2013" src="http://contadormx.com/wp-content/uploads/2013/05/00.diadelcontador.jpg" width="460" height="240" title="Cursos Presenciales Gratis   Festejo del Día del Contador 24 y 25 de Mayo 2013" /><p class="wp-caption-text">Imagen: hjasnytyn.in</p></div>
<p>Tenemos el gusto de apoyar en la realización del siguiente evento auspiciado por el blog <a href="http://elconta.com/" target="_blank">elconta.com</a> que a lo largo de la semana les iremos dando mas detalles y sobre todo invitandolos cordialmente a que se unan a este festejo ya sea para aprovechar alguno de los cursos gratuitos que se darán y sobre todo para convivir en este día tan especial para nosotros los Contadores, sin mas les dejo la información del evento:</p>
<p><span id="more-14629"></span></p>
<p>Este 25 de Mayo festejamos en México a los trabajadores, sufridos, abnegados, imprescindibles, amables,  dedicados y modestos CONTADORES y CONTADORAS !! motivo por el cual este blog de<a href="http://elconta.com/" target="_blank"><strong> ElConta.Com</strong></a> está haciendo un gran esfuerzo por  hacerte un regalo a ti colega contador.</p>
<p>Nuestro regalo consiste en una serie de cuatro conferencias que se llevarán a cabo los días 24 y 25 de mayo del presente.</p>
<h3><strong><span style="color: #0000ff;">A continuación te dejo la programación:</span></strong></h3>
<h3><strong><span style="color: #0000ff;"><a href="http://contadormx.com/wp-content/uploads/2013/05/thumbs_2013-04-24_4pm_jcg.jpg"><img class="aligncenter size-full wp-image-14623" alt="thumbs 2013 04 24 4pm jcg Cursos Presenciales Gratis   Festejo del Día del Contador 24 y 25 de Mayo 2013" src="http://contadormx.com/wp-content/uploads/2013/05/thumbs_2013-04-24_4pm_jcg.jpg" width="333" height="250" title="Cursos Presenciales Gratis   Festejo del Día del Contador 24 y 25 de Mayo 2013" /></a></span></strong></h3>
<h3></h3>
<h3><strong><a href="http://contadormx.com/wp-content/uploads/2013/05/thumbs_2013-04-24_6pm_emmanuel.jpg"><img class="aligncenter" alt="thumbs 2013 04 24 6pm emmanuel Cursos Presenciales Gratis   Festejo del Día del Contador 24 y 25 de Mayo 2013" src="http://contadormx.com/wp-content/uploads/2013/05/thumbs_2013-04-24_6pm_emmanuel.jpg" width="333" height="250" title="Cursos Presenciales Gratis   Festejo del Día del Contador 24 y 25 de Mayo 2013" /></a></strong></h3>
<h3><strong><span style="color: #0000ff;"><a href="http://contadormx.com/wp-content/uploads/2013/05/thumbs_2013-04-25_9am_jgml.jpg"><img class="aligncenter size-full wp-image-14624" alt="thumbs 2013 04 25 9am jgml Cursos Presenciales Gratis   Festejo del Día del Contador 24 y 25 de Mayo 2013" src="http://contadormx.com/wp-content/uploads/2013/05/thumbs_2013-04-25_9am_jgml.jpg" width="333" height="250" title="Cursos Presenciales Gratis   Festejo del Día del Contador 24 y 25 de Mayo 2013" /></a> <a href="http://contadormx.com/wp-content/uploads/2013/05/thumbs_2013-04-24_6pm_emmanuel.jpg"><br />
</a> <a href="http://contadormx.com/wp-content/uploads/2013/05/thumbs_2013-04-25_11am_jjro.jpg"><img class="aligncenter size-full wp-image-14626" alt="thumbs 2013 04 25 11am jjro Cursos Presenciales Gratis   Festejo del Día del Contador 24 y 25 de Mayo 2013" src="http://contadormx.com/wp-content/uploads/2013/05/thumbs_2013-04-25_11am_jjro.jpg" width="333" height="250" title="Cursos Presenciales Gratis   Festejo del Día del Contador 24 y 25 de Mayo 2013" /></a></span></strong></h3>
<p>Este año 2013 es la primera vez que este blog se aventura a realizar algún evento en contacto directo con sus lectores y por supuesto que<span style="color: #ff0000;"> no deseamos cobrarte un solo peso.</span> Este esfuerzo que hacemos te lo dedicamos a manera de agradecimiento por acompañarnos en este caminar de nuestro blog <strong><span style="color: #0000ff;">www.elconta.com</span></strong></p>
<h3><strong><span style="color: #0000ff;">¿Vives en la Zona Metropolitana de Guadalajara?</span></strong></h3>
<p style="text-align: center;"><strong><span style="color: #ff0000;">Si vives en o cerca de la ZM de Guadalajara, entonces puedes (y deberías) acompañarnos personalmente a nuestros eventos de festejo !!</span></strong></p>
<h3><strong><span style="color: #0000ff;">Haz un donativo a Hospitales Civiles de Guadalajara:</span></strong></h3>
<p><strong>La mecánica para asistir a nuestros eventos es la siguiente:</strong></p>
<p style="text-align: center;"><strong><span style="color: #993366;">Asistir a 1 curso:</span></strong> Hacer donativo por <strong>$200.00</strong></p>
<p style="text-align: center;"><strong><span style="color: #993366;">Asistir a 2 cursos:</span></strong> Hacer donativo por<strong> $300.00</strong></p>
<p style="text-align: center;"><strong><span style="color: #993366;">Asistir a 3 cursos:</span></strong> Hacer donativo por <strong>$400.00</strong></p>
<p style="text-align: center;"><strong><span style="color: #993366;">Asistir a 4 cursos:</span> </strong>Hacer donativo por <strong>$500.00</strong></p>
<p>Una vez efectuado tu depósito debes enviar tu ficha a <strong>elconta2@gmail.com</strong> señalando el o los cursos a los que deseas asistir.</p>
<p style="text-align: center;"> <img src='http://contadormx.com/wp-includes/images/smilies/icon_arrow.gif' alt="icon arrow Cursos Presenciales Gratis   Festejo del Día del Contador 24 y 25 de Mayo 2013" class='wp-smiley' title="Cursos Presenciales Gratis   Festejo del Día del Contador 24 y 25 de Mayo 2013" />  <a href="https://dl.dropboxusercontent.com/u/10938984/elconta/2013-05_ElConta_Disponibilidades.xls" target="_blank">Por favor antes de depositar revisa los lugares disponibles (Clic aquí). </a></p>
<p style="text-align: center;"><span style="color: #ff0000;"><strong>(No hay reembolsos)</strong></span></p>
<h3><span style="color: #0000ff;"><strong>Datos de depósito de donativo:</strong></span></h3>
<p><strong>Nombre:</strong> <span style="text-decoration: underline;">Hospitales Civiles de Guadalajara</span></p>
<p><b>Banco </b>Banamex</p>
<p><b>Cuenta</b>    4472 103505</p>
<p><b>Clabe</b>      002320447201035050</p>
<p><strong>Nota:</strong> Puedes solicitar tu recibo deducible por este donativo enviando tus datos fiscales + ficha de depósito al siguiente correo: gpr.hcg.ncps@hotmail.com mas información al siguiente número telefónico: 01-38834404 y/o 01- 800-8389322</p>
<p style="text-align: center;"><strong>Nota importante: <span style="text-decoration: underline;"><span style="color: #ff0000; text-decoration: underline;">No hay devoluciones de dinero por tus donativos.</span></span></strong></p>
<h4 align="left">Lugar:</h4>
<p align="left"><strong>Valparaíso # 2455 </strong></p>
<p align="left"><strong>Col. Providencia, Guadalajara, Jal.</strong></p>
<p align="left">( Casi esquina con Otawa, muy cerca de Punto Sao Paulo)</p>
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		<title>Contraseña del SAT &#8211; Como Obtenerla o Verificarla desde la Pagina de Internet</title>
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		<pubDate>Mon, 20 May 2013 03:57:23 +0000</pubDate>
		<dc:creator>ContadorMx</dc:creator>
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				<content:encoded><![CDATA[<div id=HOTWordsTxt name=HOTWordsTxt><p>
<p><img style="float: none; margin-left: auto; display: block; margin-right: auto" src="http://contadormx.com/wp-content/uploads/2013/05/25-de-mayo-dia-del-contador-publico-Mexico.jpg" title="Contraseña del SAT   Como Obtenerla o Verificarla desde la Pagina de Internet" alt="25 de mayo dia del contador publico Mexico Contraseña del SAT   Como Obtenerla o Verificarla desde la Pagina de Internet" />Puede resultar contraproducente no contar con la contraseña del SAT (antes CIECF) actualizada o fortalecida, ya que esta es la que por lo regular los contadores trabajamos para la presentación de las declaraciones en la pagina del SAT, dado a que la FIEL es un documento privado del contribuyente y si cambias varias veces de contador es mejor que solo le proporciones la contraseña del SAT con la que podrá realizar tus declaraciones y es bueno que cuando cambies de contador o simplemente por seguridad la cambies para evitar futuras contingencias.</p>
<p>Si usted es un <strong>contribuyente persona física</strong> que percibe ingresos o es una<strong> persona moral</strong> y es la primera vez que ingresa para generar la Contraseña, debe considerar lo siguiente:</p>
<p>Si usted cuenta con certificado de Fiel, puede obtener su Contraseña de forma inmediata ya que el sistema detectará esta información automáticamente y le solicitará los datos de autenticación correspondiente (RFC, contraseña de la clave privada, clave privada *.key y certificado digital *.cer).<br />Para los contribuyentes que ya han obtenido la Contraseña pero se les olvidó, requieren cambiarla o actualizar los datos de la misma, existen las siguientes opciones:</p>
<ul>
<li>Olvido de Contraseña, a través de dar respuesta a su pregunta secreta, permitirá capturar una nueva Contraseña.
<li>Cambio de Contraseña, autenticación a través de la Contraseña actual, permite cambiar la Contraseña.
<li>Actualización de datos, autenticación a través de la Contraseña actual, permite cambiar la pregunta y respuesta secreta y correo electrónico </li>
</ul>
<p><span id="more-14616"></span><br />
<h3><font color="#0000ff">Pasos para obtener la Contraseña desde la pagina del SAT</font></h3>
<p>Paso 1: Da clic en el menú de la obtención de Contraseña para personas físicas y morales como se muestra en la siguiente imagen:<a href="http://contadormx.com/wp-content/uploads/2013/05/contrasea-del-sat.jpg"><img title="contrase&ntilde;a del sat" style="border-left-width: 0px; border-right-width: 0px; background-image: none; border-bottom-width: 0px; float: none; padding-top: 0px; padding-left: 0px; margin-left: auto; display: block; padding-right: 0px; border-top-width: 0px; margin-right: auto" border="0" alt="contrasea del sat thumb Contraseña del SAT   Como Obtenerla o Verificarla desde la Pagina de Internet" src="http://contadormx.com/wp-content/uploads/2013/05/contrasea-del-sat_thumb.jpg" width="450" height="170" /></a></p>
<p>Paso 2: Capture su RFC y dé clic en Aceptar </p>
<p><a href="http://contadormx.com/wp-content/uploads/2013/05/RFC-CIEC-PARA-CIECF.jpg"><img title="RFC CIEC PARA CIECF" style="border-left-width: 0px; border-right-width: 0px; background-image: none; border-bottom-width: 0px; float: none; padding-top: 0px; padding-left: 0px; margin-left: auto; display: block; padding-right: 0px; border-top-width: 0px; margin-right: auto" border="0" alt="RFC CIEC PARA CIECF thumb Contraseña del SAT   Como Obtenerla o Verificarla desde la Pagina de Internet" src="http://contadormx.com/wp-content/uploads/2013/05/RFC-CIEC-PARA-CIECF_thumb.jpg" width="212" height="131" /></a></p>
<p>Como resultado el sistema le indicará si ya cuenta o no con su contraseña del SAT, como se muestra a continuación: </p>
<ul>
<li><strong>Si ya cuenta con la contraseña aparecerá:</strong> “Usted ya cuenta con la contraseña, si no la recuerda o desea actualizar sus datos por favor utilice la opción del menú correspondiente”.
<li><strong>Si no cuenta con contraseña pero no tiene FIEL vigente aparecerá: “</strong>Por el momento sólo pueden obtener su contraseña aquellos contribuyentes que cuenten con su certificado FIEL vigente. Por favor acuda a cualquier módulo de Servicios al Contribuyente para obtenerla”.
<li><strong>Si no cuenta con contraseña del SAT Fortalecida pero si con su FIEL actualizada</strong> le guiara para su obtención y deberá “firmar” con su FIEL actualizada. </li>
</ul>
<p>Para acceder a este servicio deberá ingresar al siguiente enlace donde podrá entre otras cosas actualizar datos, generar nueva clave en caso de extravió, cambio de contraseña del SAT, sin mas por el momento les dejo el enlace para acceder <img src='http://contadormx.com/wp-includes/images/smilies/icon_arrow.gif' alt="icon arrow Contraseña del SAT   Como Obtenerla o Verificarla desde la Pagina de Internet" class='wp-smiley' title="Contraseña del SAT   Como Obtenerla o Verificarla desde la Pagina de Internet" /> <font color="#666666"> </font><a href="https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/CIECInternet/CIECCore/main.action" target="_blank"><strong><u><font color="#000000">Obtención de Contraseña para personas físicas y personas morales</font></u></strong></a></p>

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		<title>Aspectos Básicos de los Gastos y los Requisitos para que sean Deducibles</title>
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		<pubDate>Mon, 20 May 2013 00:58:25 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Colaboradores</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Autora: Georgina Ivonne Ramírez Esquivel En términos fiscales una deducción es un gasto que cumple requisitos que establece la ley y que son estrictamente indispensables; es decir, un gasto necesario para obtener el ingreso. Para poner un ejemplo sencillo, se puede decir que un contador sólo puede hacer deducibles aquellos gastos que le sirvan para [...]<div class='yarpp-related-rss'>

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<p align="right"><strong>Autora: Georgina Ivonne Ramírez Esquivel</strong></p>
<p><img style="float: right; margin: 0px 0px 0px 6px; display: inline" align="right" src="http://contadormx.com/wp-content/uploads/2013/04/dudas-contribuyente-sat.gob_.mx_thumb.jpg" title="Aspectos Básicos de los Gastos y los Requisitos para que sean Deducibles" alt="dudas contribuyente sat.gob .mx thumb Aspectos Básicos de los Gastos y los Requisitos para que sean Deducibles" />En términos fiscales una deducción es un gasto que cumple requisitos que establece la ley y que son estrictamente indispensables; es decir, un gasto necesario para obtener el ingreso. Para poner un ejemplo sencillo, se puede decir que un contador sólo puede hacer deducibles aquellos gastos que le sirvan para proporcionar sus servicios profesionales tales como: computadora, leyes, papelería, cursos que haya tomado; etcétera. Estos gastos, a su vez, varían en función de la actividad, los gastos no serán los mismos para un médico que para un contador; para una constructora que para una comercializadora.</p>
<h2>Requisitos generales de las deducciones</h2>
<p><strong>Ser estrictamente indispensable</strong><br />Ser estrictamente indispensable es el concepto básico de la deducibilidad de un gasto.</p>
<p><strong>Documentación con requisitos fiscales</strong><br />Que dichas erogaciones se encuentren amparadas con documentación que reúna requisitos fiscales de acuerdo al artículo 29 y 29-A del Código Fiscal entre otras disposiciones.</p>
<p><span id="more-14609"></span>
<p><strong>Obligación para el que deduce<br /></strong>Para poder deducir o acreditar fiscalmente con base en los comprobantes a que se refiere el párrafo anterior, quien los utilice deberá cerciorarse de que el nombre, denominación o razón social y clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien aparece en los mismos son los correctos, así como verificar<br />que el comprobante contiene los datos previstos en el artículo 29-A de este Código.</p>
<p><strong>Registro contable</strong><br />Todas las deducciones se deben registrar en contabilidad.</p>
<p><strong>Contabilidad y documentación</strong><br />El artículo 28 del Código Fiscal establece que las personas que de acuerdo con las disposiciones fiscales estén obligadas a llevar contabilidad deberán observar las siguientes reglas: </p>
<p>I. Llevarán los sistemas y registros contables que señale el Reglamento de este Código, las que deberán reunir los requisitos que establezca dicho Reglamento.<br />II. Los asientos en la contabilidad serán analíticos y deberán, efectuarse dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que se realicen las actividades respectivas.<br />III. Llevarán la contabilidad en su domicilio. Dicha contabilidad podrá llevarse en lugar distinto cuando se cumplan los requisitos que señale el Reglamento de este Código.<br />IV. Llevarán un control de sus inventarios de mercancías, materias primas, productos en proceso y productos terminados, según se trate, el cual consistirá en un registro que permita identificar por unidades, por productos, por concepto y por fecha, los aumentos y disminuciones en dichos inventarios, así como las existencias al inicio y al final de cada ejercicio, de tales inventarios. Dentro del concepto se deberá indicar si se trata de devoluciones, enajenaciones, donaciones, destrucciones, entre otros.<br />V. Tratándose de personas que enajenen gasolina, diesel, gas natural para combustión automotriz o gas licuado de petróleo para combustión automotriz, en establecimientos abiertos al público en general, deberán contar con controles volumétricos y mantenerlos en todo momento en operación. Dichos controles<br />formarán parte de la contabilidad del contribuyente. Para tales efectos, el control volumétrico deberá llevarse con los equipos que al efecto autorice el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.</p>
<p><strong>Retenciones de impuestos</strong><br />En el caso de que se hagan retenciones de impuestos a terceros tales como salarios, honorarios, o uso o goce temporal de bienes; dichas retenciones se paguen y se entregue la constancia respectiva.</p>
<p><strong>Retención y constancia para salarios</strong><br />El artículo 118 fracciones I y III de la Ley del impuesto sobre la renta, establece que es obligación de los patrones, retener a sus trabajadores los impuestos respectivos de acuerdo a lo determinado en el artículo 113 o, en su caso, la devolución del subsidio para el empleo y entregar la constancia respectiva de estas<br />retenciones; para efectos de la deducibilidad de los salarios.</p>
<p><strong>Retención y constancia para arrendamiento</strong><br />El artículo 127 último párrafo, establece que, cuando los contribuyentes presten servicios profesionales a las personas morales, éstas deberán retener, como pago provisional, el monto que resulte de aplicar la tasa del 10% sobre el monto de los pagos que les efectúen, sin deducción alguna, debiendo proporcionar a los contribuyentes constancia de la retención; dichas retenciones deberán enterarse, en su caso, conjuntamente con las señaladas en el artículo 113 de esta Ley. El impuesto retenido en los términos de este párrafo será acreditable contra el impuesto a pagar que resulte en los pagos provisionales de conformidad con este artículo.</p>
<p><strong>Retención y constancia para arrendamiento</strong><br />El artículo 143 penúltimo párrafo, establece que, cuando los ingresos a que se refiere este Capítulo (Uso o goce temporal de bienes inmuebles) se obtengan por pagos que efectúen las personas morales, éstas deberán retener como pago provisional el monto que resulte de aplicar la tasa del 10% sobre el monto de los mismos, sin deducción alguna, debiendo proporcionar a los contribuyentes constancia de la retención; dichas retenciones deberán enterarse, en su caso, conjuntamente con las señaladas en el artículo 113 de esta Ley. El impuesto retenido en los términos de este párrafo podrá acreditarse contra el que resulte de conformidad con el segundo párrafo de este artículo.</p>
<p><strong>Operaciones con personas inscritas en el RFC y obligadas a pagar IVA</strong><br />Que los pagos que se pretendan deducir sean con personas que estén inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes, que sean contribuyentes del Impuesto al valor agregado; que además conste expresamente y por separado en el comprobante respectivo.</p>
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